JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. San Felipe, 06 de Octubre de de 2006. Años: 196° y 147°.

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: CESAR PARLEY SALAZAR CASTILLO y LUIS FERMIN HERNANDEZ, titulares de las cédulas de Identidad Nos. 7.578.341 y 1.149.891, respectivamente, y ambos domiciliados en el Municipio San Felipe del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias fomentadas en una extensión de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras (I.N.T.I), ubicado en la carretera principal, la Trilla, sector Marincito II, Parroquia Albarico, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, el cual mide Diez metros (10 Mts) de frente por Veinticinco metros (25 Mts) de fondo, lo que constituye un área de Doscientos Cincuenta metros Cuadrados (250 Mts2); consistente en un sembradío de árboles frutales, cercado todo de alambre de púas y estantillo de madera; cuyos linderos son: NORTE: Terrenos ocupados por Carmen Guanipa; SUR: Calle Principal La Trilla; ESTE: Casa de Leopoldo Sierra y OESTE: Casa de Ariel Mújica, a favor de la ciudadana: YANECSA NYLES SIERRA, venezolana, mayor de edad, soltera, hábil en derecho, titular de la cédula de Identidad No. 7.918.889 y de éste domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó No. 919/2006.-
La Jueza,

Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular,
La Secretaria,

Abg. Karelia Marilú López Rivero

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada.-

La Secretaria