REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO
ASUNTO N°: UP11-L-2005-000364
En el día de hoy, Martes Diecisiete (17) de octubre del año dos mil seis (2006), siendo las once (11:00 a.m.) de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública cuyo motivo es la EVACUACION DE PRUEBAS promovidas por las partes y admitidas por este Despacho en la causa en la presente causa referida a la pretensión de ACCIDENTE DE TRABAJO Y COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES interpuesta por el ciudadano NIGER GUSTAVO RIVAS GUEVARA contra la Empresa Mercantil ALIMENTOS LA INTEGRAL C.A. Anunciado como fuera el acto a las puertas del Tribunal, se encuentra presente la parte actora a través del Ciudadano NIGER GUSTAVO RIVAS GUEVARA, Titular de la Cédula de Identidad N° v-3.304.287 y su apoderado judicial Abogado ZAFIRO NAVAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 24.555. Asimismo se encuentra presente la empresa demandada a través de su Apoderado Judicial Abogado RUBEN RUMBOS GIL, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 34.930. Seguidamente se declara constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Juez Abogado OLGA NUÑEZ DE MEZA, la ciudadana secretaria temporal Abogado ZORAN GARCIA DIAZ y el ciudadano Alguacil NEIL ALTUVE, por lo que se da inicio a la presente audiencia.
La ciudadana Juez exhortó a las partes al uso de los medios alternativos de Resolución de Conflictos sin que se obtuviere alguna manifestación de voluntad respecto de los mismos, dando lugar al inicio del debate.
Seguidamente, se procedió al acto de evacuación de pruebas aportadas por las partes:
POR LA PARTE DEMANDANTE:
1. PRUEBA DOCUMENTAL descrita en los particulares PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO, CUARTO, QUINTO, SEXTO, SEPTIMO, OCTAVO, NOVENO DECIMO, DECIMO SEGUNDO, DECIMO TERCERO, DECIMO CUARTO, DECIMO QUINTO, DECIMO SEXTO, DECIMO OCTAVO referidas a:
1.) Copia fotostática de “Certificación” emanado de Inpsasel Lara, Portuguesa y Yaracuy, (f.64)
2.) Copia fotostática de expediente N° A/342-04 levantado por INPSASEL URSAT Lara, Portuguesa-Yaracuy, (f. 65-69)
3.) Copia fotostática de Informe Médico emanado de PROSALUD de fecha 14-02-2003, (f.70)
4.) Copia fotostática de Informe Médico emanado de INSALUD de fecha 19-02-2003, (f.70)
5.) Copia fotostática de Informe Médico emanado de la Dra. Zoraida Vizcaya, adscrita a Prosalud de fecha 14-02-2004, (f.70)
6.) Copia fotostática de Informe Médico emanado del Dr. Luis M. Suarez Especialista en Cirugía de Retina adscrito a la Cruz Roja Venezolana-Seccional Carabobo de fecha 08-07-2005, (f.71-72)
7.) Copia fotostática de Constancias emanadas del Dr. Mario Zambrano adscrito al Ministerio de Salud y Asistencia Social, Hospital Distrital de Bejuma de fecha 18-10-2004,
8.) Copia fotostática de Informe Médico emanando del IVSS de fecha 12-11-2004, (f.73)
9.) Copia fotostática de Comprobante de Nómina de fecha del 1° al 15 de septiembre de 2002, (f.74)
10.) CARNETS, (f.75)
11.) INFORME DE AVERIGUACION N° 342-04 levantado por INPSASEL URSAT LARA PORTUGUESA Y YARACUY, y
12.) Copia Certificada de Reclamo Administrativo
2. PRUEBA DE EXHIBICION de Talonarios de Venta con membrete de la empresa (f. 76-84).
La parte demandada observó que dentro de sus archivos no existen documentales que guarden la correlatividad de los seriales que les identifican. No existen archivos de los mismos, además de tratarse de una enumeración colocada a mano contraria a lo ordenado por el órgano fiscal.
3. PRUEBA DE INFORME dirigidos a:
a. INPSASEL URSAT LARA, PORTUGUESA. (f. 199-204)
b. INSTITUTO AUTONOMO DE LA SALUD DEL ESTADO YARACUY (PROSALUD)
c. INSALUD – DISTRITO SANITARIO EJE OCCIDENTAL
d. INSTITUTO AUTONOMO DE LA SALUD DEL ESTADO YARACUY (PROSALUD)
e. CRUZ ROJA VENEZOLANA SECCIONAL CARABOBO
f. MINISTERIO DE SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL (MSAS) HOSPITAL DISTRITAL BEJUMA-CARABOBO (f. 168, 206)
g. INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES
h. INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO YARACUY (f. 166)
i. INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES - SECCIONAL YARACUY
4. PRUEBA TESTIMONIAL: LA PARTE PROMOVENTE MANIFESTÓ QUE NO COMPARECIERON LOS TESTIGOS PROMOVIDOS.-
POR LA PARTE DEMANDADA:
1. PRUEBA DOCUMENTAL relativa a:
a. Original del acta de Mediación y Conciliación de fecha 12-12-2004 del expediente UCJT-389-2004
b. Copia certificada del expediente UCJT-389-2004
2. PRUEBA TESTIMONIAL: Declaración de los ciudadanos EDILBERTO VALVERDE, SANDRA VARGAS, GERMAN VERA Y MARIA EUGENIA MEDINA.
Compareció el ciudadano ERNESTO EDILBERTO VALVERDE, titular de la cédula de identidad N° 24.433.554 a quien se le leyeron las generales de Ley y fue debidamente juramentado. Las partes y el Tribunal le formularon preguntas.
3. PRUEBA DE INSPECCION JUDICIAL cuyas resultas constan a los folios 179-191.
Las partes en su oportunidad formularon observaciones al acervo de pruebas que integran el presente asunto.
Se deja constancia de que la audiencia fue reproducida en forma audiovisual, de conformidad con lo establecido en el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
En este estado este Tribunal pasa a reservarse el lapso de 60 minutos para dictar el dispositivo de la sentencia correspondiente.
Vencido dicho lapso la Juez procedió a dictar el dispositivo del fallo, el cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR LA DEFENSA DE PRESCRIPCION DE LAS INDEMNIZACIONES POR ACCIDENTE DE TRABAJO pretendidas por el ciudadano NIGER GUSTAVO RIVAS GUEVARA de la Empresa Mercantil ALIMENTOS LA INTEGRAL C.A. SEGUNDO: SIN LUGAR la pretensión de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES interpuesta por el ciudadano NIGER GUSTAVO RIVAS GUEVARA contra la Empresa Mercantil ALIMENTOS LA INTEGRAL C.A. TERCERO: NO HAY EXPRESA CONDENATORIA EN COSTAS de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 EIUSDEM para la publicación del texto íntegro de la sentencia.
La Juez de Juicio;
Abg. OLGA NUÑEZ DE MEZA
PARTE DEMANDANTE
NIGER GUSTAVO RIVAS GUEVARA Abg. ZAFIRO NAVAS IÑIGUEZ
POR LA PARTE DEMANDADA
Abg. RUBEN RUMBOS
TESTIGO
ERNESTO EDILBERTO VALVERDE
La Secretaria Temporal;
Abg. ZORAN GARCIA DIAZ
El Alguacil;
NEIL ALTUVE
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