REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ



ASUNTO PRINCIPAL : FP11-R-2006-000305

ACTA AUDIENCIA ORAL DE APELACION


IDENTIFICACION DE LAS PARTES:


PARTE ACTORA RECURRENTE: JUAN CARLOS BEJARANO MACHADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.795.565.
APODERADOS JUDICIALES: RAFAEL CAMACHO, FELIPE RIVAS, HUMBERTO RIVAS, JOFRE SAVINO, YURITZA PARRA y MAGALI FINOLL, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 16.104, 53.465, 64.982, 66.210, 106.513 y 100.636, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: C.V.G BAUXILUM, C,A, denominada anteriormente CVG INTERAMERICANA DE ALUMINA C.A (CVG INTERALUMINA) Sociedad de Comercio domiciliada en Ciudad Guyana, constituida mediante documento originalmente inscrito por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 12 de diciembre de 1.977, bajo el Nro. 61, Tomo 14-C, cuyo cambio de denominación consta en documento inscrito en la citada Oficina de Registro, en fecha 23 de marzo de 1.994, bajo el Nro. 51, Tomo C Nro. 108, Folios 414 al 419 vto.
APODERADOS JUDICIALES: RAMON ADONAY PEREZ SILVA, GERALDINE VANESSA LEMUS, RAFAEL JOSE GONZALEZ CASADIEGO, JUAN LUIS CARABAÑO, FRED NIELS IBARRA GARABAN, CARMEN CECILIA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, Abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 20.691, 50.975, 26.946.93.133, 95.520, 12.099 y 101.971, respectivamente.
MOTIVO: RECURSO DE APELACIÓN EN CONTRA DE LA SENTENCIA DICTADA EN FECHA 17 DE MARZO DE 2006, POR EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERO DE PRIMERA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA


CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ.

En el día de hoy, Martes Diez (10) de Octubre del año Dos Mil Seis (2006), siendo las Tres y Treinta minutos de la tarde (03:30 PM), día y hora fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Oral y Pública de Apelación, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, relacionada con el Recurso de Apelación en ambos efectos interpuesto por el abogado en ejercicio JOFRE SAVINO CARREÑO, en contra de la decisión dictada en fecha 17 de marzo de 2006, por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERO DE PRIMERA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, en el juicio que incoara el ciudadano JUAN CARLOS BEJARANO MACHADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.795.565, por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACIÓN LABORAL E INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD PROFESIONAL, LUCRO, CESANTE Y DAÑO MORAL en contra de la empresa C.V.G. BAUXILUM, C.A., ambas suficientemente identificadas en autos. Debidamente constituido el Tribunal, se anuncio el acto a las Puertas de la Sala de Audiencia de este Circuito Laboral en la forma de Ley, dejándose expresa constancia que el Tribunal cumple con el mandato legal previsto en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, referido a la reproducción audiovisual del presente acto. De seguidas, se da inicio al acto a través de la intervención de la ciudadana Secretaria de Sala quién procedió a verificar la incomparecencia de la parte demandante recurrente, ni por si, ni por medio de apoderado judicial constituido en autos. De igual modo se constató la comparecencia de la parte demandada en la persona del abogado FRED NIELS IBARRA GARABAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 92.520. Seguidamente la ciudadana Jueza tomó la palabra y procedió a exponer: “En virtud de la incomparecencia de la parte demandante recurrente, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: DESISTIDO el Recurso de Apelación interpuesto por la representación judicial del ciudadano JUAN CARLOS BEJARANO MACHADO, en contra de la sentencia dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERO DE PRIMERA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, en fecha 17 de marzo de 2006. SEGUNDO: SE RATIFICA el contenido de la sentencia dictada por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERO DE PRIMERA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, en fecha 17 de marzo de 2006. TERCERO: No hay condenatoria en costas, dadas las características del presente fallo. CUARTO: Se ordena la remisión de la presente causa al Tribunal de origen a los fines legales consiguientes, una vez vencidos los lapsos de ley. Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto. Acto seguido, siendo las Cuatro de la tarde (04:00 P.M), se levantó la presente acta. Es todo, término, se leyó y conformes firman.


JUEZA PRIMERA SUPERIOR DEL TRABAJO


DRA. YNDIRA NARVÁEZ LÓPÉZ



LA PARTE DEMANDADA.-



SECRETARIA DE SALA


ABOG. MARJORI GARCÍA RODRÍGUEZ



PUBLICADA EN EL DÍA DE SU FECHA, PREVIO ANUNCIO DE LEY A LAS CUATRO (04:00 P.M.) MINUTOS DE LA TARDE.



SECRETARIA DE SALA.



ABOG. MARJORIE GARCÍA RODRÍGUEZ