DISPOSITIVA
Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal Extensión Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida contra: Urbano Pilar Antonio C.I. N°: 6.957.503, de conformidad con lo establecido en el Art. 103 del Código Penal en concordancia con los Artículos. 48. Ord. 1° y 318 Ord. 3° (primer supuesto) del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes. Contra la presente sentencia procede el Recurso de Apelación de conformidad con el Articulo 447 del Código Orgánico Procesal Penal. En Puerto Ordaz, a los 13 días del mes de Octubre del año 2006
LA JUEZA.
Abg. LIDA MARIN ARAUJO
LA SECRETARIA DE SALA
Abg. Yndira Vera
EXP. N° 6U-309
LMA/MR