REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CIUDAD BOLIVAR
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO (3°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR SEDE CIUDAD BOLIVAR
ASUNTO: FP02-L-2006-0000145
Ciudad Bolívar, 03 de Octubre del año 2.006
196° y 147°
Visto el cumplimiento total del acuerdo alcanzado entre las partes intervinientes por ante este Tribunal en fecha 29-09-06, mediante Acta de Mediación suscrita el día 18-09-06,es por lo que en consecuencia este Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ordena el ARCHIVO DEFINITIVO, de la presente causa. A los 196° años de la Independencia y 147° de la Federación. PUBLIQUESE, REGISTRESE Y ARCHIVESE.
LA JUEZ
ABG. LETICIA FERREIRA MALAVE.
LA SECRETARIA.
ABG. MARIA VIRGINIA SIFONTES.
En esta misma fecha, siendo las Doce y cinco Minutos de la Tarde (12:05 P.M.) se publicó la presente decisión, dando cumplimiento a lo ordenado en la misma.
LA SECRETARIA.
ABG. MARIA VIRGINIA SIFONTES
LFM/mvs.