REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, veinticinco (31) de septiembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: UP11-L-2006-000140
Vista la diligencia que riela al folio cincuenta y cuatro (54), del presente asunto suscrita por los Abogados en ejercicio ZAFIRO NAVAS, Apoderado Judicial de la parte demandante y JUAN LUIS DÍAZ SILVA, Apoderado Judicial de la parte demandada, ambos inscritos en el IMPREABOGADO bajo los Nº 24.555 y 19.220, respectivamente, mediante la cual solicitan a éste Juzgado la reprogramación de la AUDIENCIA PRELIMINAR PROLONGADA, prevista para el día de hoy, a las DOS DE LA TARDE (02:00 PM). En consecuencia, éste juzgado acuerda lo solicitado y fija la presente AUDIENCIA PROLONGADA, para el día MARTES 03 DE OCTUBRE DE 2006, a las Tres de la tarde (3:00 PM). No se notifica a las partes por cuanto las mismas se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 07 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ,
Abg. MARY SALOME SALCEDO
LA SECRETARIA,
Abg. GRECIA VERASTEGUI