REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CIUDAD BOLIVAR

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO (3º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE CIUDAD BOLÍVAR.

Ciudad Bolívar, 28 de Septiembre del año 2006
196º Y 147º
FP02-S-2005-00004169


Visto el escrito de fecha 27-09-06, presentado por la parte demandada y la parte demandante, donde la primera manifiesta que la actora fue reincorporada a su sitio habitual de trabajo, en las misma condiciones en que se venía desempeñando, así como también se le efectuó la cancelación de todos los pagos que se generaron desde la fecha del despido, y en virtud de que la actora declaró aceptar el reenganche y los pagos ofrecidos por la parte demandada, y así mismo DESISTE del presente procedimiento, este Tribunal Tercero (3º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Ciudad Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la debida HOMOLOGACION a dicho Desistimiento.
Igualmente se ordena oficiar al Procurador General de la República de tal desistimiento a los fines legales consiguientes. En consecuencia se ordena el ARCHIVO DEFINITIVO del presente expediente. HOMOLOGUESE. ARCHIVESE.
LA JUEZ,
,

ABG. LETICIA FERREIRA MALAVE

LA SECRETARIA


ABG. MARIA ESTHER REYES I.


En esta misma fecha Siendo las Doce y cuarenta y cinco (12:45 PM.) minutos de la tarde se dio
cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.


LA SECRETARIA


ABG. MARIA ESTHER REYES I.