REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito - Ciudad Bolivar
Ciudad Bolivar, veinticinco de septiembre de dos mil seis
196º y 147º
Visto el escrito de fecha 19 de septiembre del 2006, presentado por los ciudadanos JOEL ISIDRO ASIBE ARISTIGUIETA y ELEIXA ANGÉLICA HERNANDEZ HERNANDEZ, debidamente asistidos por la abogado en ejercicio OLGA GUTIERREZ BRANCHI, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 20.976 y de este domicilio y visto igualmente la copia de la sentencia de divorcio donde se declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los solicitantes, emitida por el Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, y el escrito de liquidación y partición amistosa de los bienes habidos en la Comunidad conyugal que existió, realizada entre los exconyuges antes nombrados.- El Tribunal, le imparte su aprobación y ordena expedir a cada cónyuge las copia certificada del presente auto.-

Por fuerza de las razones expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION a la LIQUIDACIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL en la forma y términos señalados en dicho escrito de PARTICIÓN AMISTOSO.-
El Juez,

Ab. Manuel A. Cortéz B.-
La Secretaria,

Ab. Soraya Charboné.-
MACB/SCH/av.-
ASUNTO: FP02-S-2006-005228
Resolución N° PJ0192006000248