JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 11 de Abril de 2007.
Años: 196° y 148°.
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones
de las testigos presentadas por la parte interesada, ciudadanas: CARACHE COLINA ZORAIDA JOSEFINA Y ISTURIZ ROSA ANGELICA; titulares de las cedulas de identidad Nos. 7.912.312 y 12.955.854, respectivamente, domiciliadas en el Municipio Cocorote del estado Yaracuy, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias descritas de la manera siguiente: Un porche enrejillado, una sala, cocina, tres habitaciones, dos sanitarios, patio cercado con bloques, construido con paredes de bloque, techo de acerolit, piso de cemento pulido, instalación de tres puertas de hierro, ventanas de metal y vidrios, instalación de luz eléctrica, empotramiento para aguas blancas y negras, ubicada en la calle 06 casa sin numero S/N, barrio La Cruz, Cocorote estado Yaracuy, construida sobre un área de terreno Municipal que mide: DIECISIETE (17) METROS DE FRENTE, POR QUINCE (15) METROS DE FONDO APROXIMADAMENTE, ES DECIR (255 Mts2), alinderada de la siguiente manera: NORTE: Casa de Maria Montilla con calle el 3 de por medio, SUR: Plaza El Mamón, ESTE: Bodega de Francisco Esposito con calle El Mamón por medio y, OESTE: Bienhechurias de Leonardo Franco; a favor de la ciudadana: ISNARDA CASTILLO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, civilmente hábil de derecho, titular de la cedula de identidad No. 7.501.658 y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó No. 247/2007.-
La Jueza,
Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular,
La Secretaria,
Abg. Karelia Marilú López Rivero,
En esta misma fecha se entrego original con sus resultas a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. Karelia Marilú López Rivero.
|