JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 12 de Abril del Año 2007.
Años: 196° y 148°.


Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: DIAZ ZERPA JULIO ENRIQUE, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de Identidad No. 1.856.513 y domiciliado Vereda 43 N° 16 Urbanización la Ascensión del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy; y CARO CARMEN YOLANDA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad No. 7.518.537 y domiciliada en la Calle Pueblo Nuevo Boraure Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas Bienhechurias constituidas por Deforestación y Acondicionamiento del Terreno y Cerca Perimetral de Alambre, y Árboles Frutales, ubicada en Carretera Vía el Salto, Municipio Peña del Estado Yaracuy, enclavadas en un área de Terreno Propiedad del Municipio y que tiene una superficie de (10.8 Has); y cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terrenos ocupados por la familia Arteaga y la familia Arroyo. SUR: Carretera Vía el Salto; ESTE: Terrenos Municipales y terrenos ocupados por la familia Ramos y OESTE: Terrenos Municipales; a favor del ciudadano: SILVIO ROJAS PEROZA, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad No 7.586.365, y domiciliado en la Ciudad de Yaritagua, Municipio Peña del Estado Yaracuy. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó No.250/2007.-

La Jueza,


Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular,


La Secretaria,


Abg. Karelia Marilu López Rivero


En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte Interesada.- La Secretaria.-