JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 12 de Abril de 2007.
Años: 196° y 148°.
Vista las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada ciudadanos: GARCIA ZAIDA JOSEFINA, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad No. 10.370.172 y domiciliada en Cocorote, 18 de Octubre jurisdicción del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy y GIMENEZ MONTERO ODELIS JOSEFINA, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad No. 15.768.171 y domiciliada en San Pablo Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurias construidas sobre un lote de terreno propiedad del Municipio, ubicado en final calle Yaracuy, en el Municipio Cocorote del Estado Yaracuy; con una extensión que mide Ciento sesenta y ocho metros cuadrados (168,00mts2) aproximadamente, y cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: En catorce metros lineales (14,00MI) con casa y solar del señor Alberto Peralta; SUR: En catorce metros lineales (14,00MI) con casa y solar del señor Nicolás Silva; ESTE: En doce metros lineales (12,00 MI) con casa de la señora Isabel Zabaleta y calle N° 7 de por medio y OESTE: En doce metros lineales (12,00MI) con quebrada “El Chirco”, con las siguientes características un rancho totalmente construido en zinc, con una sala, con un cuarto, totalmente cercado con palo de oreja de ratón y alambre de púa. A favor del ciudadano LUIS ABRAHAN ZABALETA, Venezolano, mayor de edad, soltero, obrero de mantenimiento, tal y como se identifica con su cedula de identidad Nro. V-5.456.356 y de este domicilio. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No 253/2007.
La .Jueza,
Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular La .Secretaria,
Abog. Karelia Marilú López Rivero
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.-
La Secretaria,
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