JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 24 de Abril de 2007.
Años: 196° y 148°.
Vista las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada ciudadanos: JULIO ENRIQUE DIAZ ZERPA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad No. 1.856.513 y domiciliado en la Urb. La Ascensión, vereda 43, N° 16, jurisdicción del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy y CARO CARMEN YOLANDA, Venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad No. 7.518.537 y domiciliada en Boraure Municipio La Trinidad del Estado Yaracuy; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los Ciudadanos: ALBERTO JOSE MARTINEZ KOBAN, ESTEBAN GREGORIO LUKACS KOBAN Y MIRKO YOSEPH LUKACS KOBAN, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números. V-13.842.228, V-19.324.745 y V-17.320.836 respectivamente; como Únicos y Universales Herederos de la ciudadana: SUSANA KOBAN ZOHRER, quien en vida era Venezolana, mayor de edad, divorciada, Cédula de Identidad N° V-4.386.277. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le asignó el No. 284/2007.
La .Jueza,


Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular La .Secretaria,

Abog. Karelia Marilú López Rivero
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de ( ) folios útiles.-
La Secretaria,