REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

Chivacoa, 24 de Abril de 2.007.
Años: 196° y 147°

Por cuanto de la presente causa de Obligación Alimentaria, formulada por la ciudadana: VIRGINIA DEL CARMEN MENDOZA CANELON, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 8.516.111, domiciliada en este mismo Municipio, contra el ciudadano: NESTOR GREGORIO PEREZ TORRES, Venezolano, Mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 7.319.030, con domicilio en el Estado Lara y a favor de la Adolescente IDENTIDAD OMITIDA de 13 años de edad, y la misma fue debidamente decidida mediante acuerdo suscrito entre las partes, en fecha 21 de Junio del año Dos Mil Cuatro (2004) y presentado como ha sido el escrito de Solicitud de aumento de Obligación Alimentaria formulado por la ciudadana: VIRGINIA DEL CARMEN MENDOZA CANELON, y visto el tiempo transcurrido de la anterior sentencia, de conformidad con lo establecido en el art 369, parágrafo Tercero, de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en base a la misma dichos montos seràn ajustados.

Por todo lo antes expuesto, Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , ACUERDA: CERRAR EL PRESENTE EXPEDIENTE DE OBLIGACION ALIMENTARIA, archivarlo, desincorporarlo del inventario real y remitirlo en su oportunidad al Archivo Judicial para su guarda y custodia, por cuanto se abrió otra causa signada bajo el N° 1213-2007, por AUMENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA, a favor de la Adolescente IDENTIDAD OMITIDA.

Publíquese, regístrese y déjese copia Certificada de la presente Decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Chivacoa a los Veinticuatro (24) dias del mes de Abril del año Dos Mil Siete (2007).Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.

El Juez Temporal,


Abog. EFRAIN BALLESTER ACOSTA
La Secretaria,

YSAURA GIMENEZ
En esta misma fecha se publicó y se registró la anterior sentencia, siendo las 09:00 de la mañana, y se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,

YSAURA GIMENEZ

Abog.EBA/klency.-
EXP N° 605/2002.