REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Yaracuy
San Felipe, 23 de abril de 2007
197º y 148º
UP11-L-2007-000106.-
Visto el anterior libelo de demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, vencido como se encuentra el lapso para admitir, se abstiene de admitirlo ya que no cumple con lo pautado en el ordinal 1,2 y 5 del Artículo 123, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; por cuanto se observa del referido libelo de demanda, que el actor, no determina específicamente a que organismo demanda, es decir, no establece de manera clara la narrativa de los hechos ya que al principio del libelo manifiesta que demanda al INSTITUTO AUTONOMO DE CULTURA Y SERVICIOS EDUCACIONALES DEL ESTADO YARACUY (IACEY), en la persona de su Presidente ciudadano: Cesar Tovar y posteriormente en dicho libelo solicita del Tribunal que la notificación de la demandada se practique en la persona de la ciudadana: Ana Ochoa en su carácter de Patrono, en su condición de Presidente del Instituto Autónomo de Cultura y Servicios Educacionales del Estado Yaracuy (INVITY) por lo que, quien Juzga POR TAL INCONGRUENCIA no puede determinar a quien se va a notificar de la demanda. En consecuencia, se ordena al demandante que corrija el libelo dentro del lapso de los dos (2) días hábiles siguientes a la fecha de notificación, que a tal fin se le practique, conforme a lo anteriormente establecido; caso contrario, se decretará la perención de conformidad con los artículos 124 y 5 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Expídase boleta de notificación y entréguese al Alguacil a los fines de que practique la notificación ordenada.
El JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

Abg. CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ.
LA SECRETARIA,

Abg. Grecia Verastegui.
UP11-L-2007-000106-oswaldoliscano.