REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
197° Y 148°
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2007-000108.-
PARTE DEMANDANTE: JESUS CELESTINO GARRIDO CALLAMA
REPRESENTADO POR: Abg. BRISNELVIC RAMIREZ G.
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE E. J. C.A
EN LA PERSONA DE: ELIAS JUHA BARAKA
REPRESENTADO POR: Abg. YHESIKA B. RODRIGUEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los Veinticuatro (24) días del mes de ABRIL de 2007, siendo las Diez de la mañana (10:00 AM.), oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada y continuación del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, con motivo de la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano: JESUS CELESTINO GARRIDO CALLAMA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 4.289.435, de este domicilio, representado en este acto por su Apoderada Judicial, la Abogada en ejercicio: BRISNELVIC RAMIREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 15.768.918 e inscrita en el INPREABOGADO bajo los Nº 114.459, de este domicilio, quien actúa con su carácter acreditado en autos, en CONTRA: de la EMPRESA TRANSPORTE E. J. C.A, en la persona del ciudadano: ELIAS JUHA BARAKA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 24.041.388, de este domicilio, en su condición de Presidente de la empresa demandada, de este domicilio, representado en este acto por su Apoderada Judicial, la Abogada en ejercicio: YHESIKA B. RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 12.727.660 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 90.187, de este domicilio, quien actúa conforme a sus facultades demostradas en juicio, conforme a la causa signada con el N° UP11-L-2007-000108, de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presentes en este acto ambas partes; y una vez establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de esta Audiencia, se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogada ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ, Juez Segunda de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo. En este estado, éste Tribunal deja constancia que por cuanto considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, por consiguiente se PROLONGA dicha Audiencia Preliminar para el día MARTES 08-05-2007, a las 10:00 AM. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Ambas partes de mutuo y común acuerdo establecen un lapso de espera de quince (15) minutos. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
Se hacen Tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, Estado Yaracuy, Veinticuatro (24) días del mes de ABRIL de 2007, siendo las Diez y Cincuenta y Cinco de la mañana (10:55 AM.). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Segunda de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ
Por la Parte Demandante: Por Las Partes Demandada
Transporte E,J. C.A.
Representado por:
Representado por:
Abg. YHESIKA RODRIGUEZ
Abg. BRISNELVIC RAMIREZ
La Secretaria,
Abg. MIRBELIS ALMEA ÁLVAREZ
UP11-L-2007-000108
AVLH/NR/ RubénArrieta.-
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