REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
197º y 148º
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2006-000519
PARTE DEMANDANTE: FRANCISCO JOSE RODRIGUEZ MONASTERIO
REPRESENTADO POR: Abg. GERMÁN MANUEL MACEA LOZADA
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO AUTÓNOMO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO YARACUY (INVITY)
EN LA PERSONA DE: Ing. ANA LUCIA OCHOA MEZA
REPRESENTADA POR: Abg. YARAMI COLMENAREZ MUÑOS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los Veintisiete (27) días del mes de Marzo de 2007, siendo las Nueve de la mañana (9:00 A. M.), oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada y continuación del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial, con motivo de la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano: FRANCISCO JOSE RODRIGUEZ MONASTERIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 8.051.361, de este domicilio, representado en este acto por su Apoderado Judicial el Abogado en ejercicio: GERMÁN MANUEL MACEA LOZADA, venezolano, mayor de edad, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 23.878, de este domicilio, quien actúa en su carácter acreditado en autos, en CONTRA: del INSTITUTO AUTÓNOMO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO YARACUY (INVITY), representado por la ciudadana: ANA LUCIA OCHOA MEZA, venezolana, mayor de edad, Ingeniero, titular de la Cédula de Identidad N° 7.661.161, en su condición de Presidente del Instituto demandado, representada en éste acto por la Apoderada Judicial del Instituto demandado, la Abogada: YARAMI YOHANA COLMENAREZ MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.209.862 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 93.727, de éste domicilio, quien actúa de acuerdo a sus facultades demostradas en juicio, conforme a la causa signada con el Nº UP11-L-2006-000519, de la nomenclatura interna llevada por este Juzgado. Presentes en este acto ambas partes; y una vez establecidas las reglas mínimas a seguir el desarrollo de esta Audiencia, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogada ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ, Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales fueron aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate planteado por las partes, que existe la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; e igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de esta Audiencia Preliminar y a su vez considera esta Juzgadora que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado, por consiguiente se acuerda PROLONGAR dicha Audiencia Preliminar para el día JUEVES 03-05-2007, A LAS (11:30 AM). Se Prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Ambas partes de mutuo y común acuerdo establecen un lapso de espera de quince (15) minutos. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
Se hacen Tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efectos, en San Felipe, Estado Yaracuy, a los Veintisiete (27) días del mes de Marzo de 2007, siendo las Nueve y treinta de la mañana (9:30 A. M.). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ
Por la parte demandante: Por la parte Demandada:
Instituto Autónomo de Vialidad y Transporte del Estado Yaracuy.
REPRESENTADO POR: REPRESENTADO POR:
Abg. YARAMI Y. COLMENAREZ MUÑOZ
Abg. GERMÁN MANUEL MACEA LOZADA
La Secretaria,
Abg. MIRBELIS ALMEA ÁLVAREZ
UP11-L-2006-000519
AVLH/MAA/RubénArrieta.-
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