REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

Nº DE EXPEDIENTE UP11-L-2006-000074
PARTE DEMANDANTE DIONISIO VASQUEZ, JULIAN OVIEDO, HECTOR VICENTE PARADAS, JOSÉ DEL CARMEN PÉREZ, YORVIS PASTOR ESCALONA APÓSTOL, SAMIR SAMUEL PARADAS GUERRA, TONY JOSÉ ESCALONA APÓSTOL, JUAN ALBERTO ALBURJAS, ADELSON ALBERTO ALBURJAS SILVA, HECTOR JOSE ALBURJAS SILVA, ENDERSON JOSE ALBURJAS SILVA Y DARIO JOSÉ ESCALONA APÓSTOL.
APODERADOS LILIAN ESCALONA y ROSANGELA VASQUEZ, inscritas en el IPSA bajo los Nos. 63.278 y 121.912, respectivamente.
PARTE DEMANDADA HACIENDA EL INGENIO en la persona de CRUZ MARIO SIGALA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.557.201
APODERADO LOIDA CORDERO PAZ, inscrita en el IPSA bajo el No. 56.327
PARTE CO-DEMANDADA AZUCARERA RÍO TURBIO, C. A.
APODERADO GUSTAVO ADOLFO ANZOLA LOZADA, inscrito en el IPSA bajo el No. 680
MOTIVO COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En la ciudad de San Felipe Estado Yaracuy a los veintisiete (27) días del mes de Abril del año 2007, siendo las dos de la tarde (02:00 A. M), constituido como se encuentra el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, presidido por la ciudadana Juez MARY SALOME SALCEDO de D’ENJOY, anunciada como ha sido la Audiencia fijada y ordenada como ha sido la verificación de la asistencia de las partes, siendo la fecha y hora fijada para la realización de la Audiencia Preliminar de la presente causa, signada con el No. UP11-L-2006-000074 de la nomenclatura de este Tribunal, con motivo de la Demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, incoada por los ciudadanos DIONISIO VASQUEZ, JULIAN OVIEDO, HECTOR VICENTE PARADAS, JOSÉ DEL CARMEN PÉREZ, YORVIS PASTOR ESCALONA APÓSTOL, SAMIR SAMUEL PARADAS GUERRA, TONY JOSÉ ESCALONA APÓSTOL, JUAN ALBERTO ALBURJAS, ADELSON ALBERTO ALBURJAS SILVA, HECTOR JOSE ALBURJAS SILVA, ENDERSON JOSE ALBURJAS SILVA Y DARIO JOSÉ ESCALONA APÓSTOL, representados en este acto por las abogados en ejercicio LILIAN ESCALONA Y ROSANGELA VASQUEZ, inscritas en el IPSA bajo los Nos. 63.278 y 121.912, respectivamente CONTRA HACIENDA EL INGENIO en la persona de CRUZ MARIO SIGALA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.557.201, representado en este acto por la abogado LOIDA CORDERO PAZ, inscrita en el IPSA bajo el No. 56.327 y solidariamente la empresa AZUCARERA RÍO TURBIO, C.A, representada en este acto por el abogado GUSTAVO ADOLFO ANZOLA LOZADA, quien es venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 680. La ciudadana Juez declara abierto el acto y da inicio a la Audiencia Preliminar, recordándole y explicándole a las partes la importancia del uso de los medios alternos de solución de conflictos, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para las partes involucradas en esta causa y de este modo lograr ahorro de energías y recursos, mediante la evitación de un proceso prolongado. Del debate entre las partes se desprende la posibilidad de llegar a un acuerdo conciliatorio razón por la cual ambas partes solicitan la prolongación de la presente audiencia preliminar, consignando en este acto la parte actora escrito de promoción de pruebas constante de nueve (09) folios útiles y dos (02) anexos, de igual modo la parte demandada consigna en este acto escrito de promoción de pruebas constante de dos (02) folios útiles y dos (02) anexos, así mismo la parte co-demandada consigna en este acto escrito de promoción de pruebas constante de un (01) folio útil sin anexos, para que una vez concluida la presente audiencia preliminar sean agregadas a los autos de la presente causa en caso de no llegar a la resolución del conflicto por la vía de los medios de auto composición procesal. En este estado el Tribunal acuerda la prolongación de esta audiencia y fija su continuación para el día siete (07) de Mayo del año en curso a las nueve de la mañana (09:00 A. M). Siendo las tres de la tarde (03:00 P. M). Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-

La Juez,

Abg. MARY SALOME SALCEDO DE D’ENJOY


La parte demandante, La parte demandada,



La parte co-demandada,


La Secretaria,


Abg. GRECIA VERASTEGUI