REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado SEGUNDO De Primera Instancia De Juicio Del Trabajo De La Circunscripción Judicial Del Estado Yaracuy
San Felipe, Veintitrés (23) de Abril de 2007
197° y 148°
ASUNTO: UP11-R-2007-000043
PARTE DEMANDANTE: ALIMENTOS LA INTEGRAL
PARTE DEMANDADA: JONNY ALEXANDER PEÑALOZA MATUTE
MOTIVO: RECURSO DE INVALIDACIÓN
Visto el Recurso de Invalidación interpuesto por el Abg. IVAN PALENCIA en representación de la empresa ALIMENTOS LA INTEGRAL C.A., debidamente identificada en autos, contra la sentencia de fecha 28 de Mayo de 2001, expediente N ° 1566/02, interpuesta por el ciudadano JONNY PEÑALOZA, este Tribunal para decidir observa:
Consta de autos que el accionante interpone recurso de invalidación, en el cual alega que nunca fue citada legalmente para la litis, por cuanto el tribunal ordeno que se citara a un ciudadano de apellido Monasterio, el cual no tiene relación con la empresa.
Ahora bien, se desprende de autos que el presente recurso proviene de un tribunal de Municipio, específicamente el Juzgado del Municipio Nirgua, es por ello que este Juzgador no se considera competente para conocer del presente recurso, acogiéndose a lo estipulado en el artículo 200 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el cual establece que los tribunales de Municipio seguirán conociendo de los procesos laborales hasta su sentencia definitiva, situación en la que se encuentra el presente recurso.
En consecuencia, este Tribunal en aras de garantizar el acceso expedito a la justicia y a la celeridad de la misma plantea el CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA, por lo que se ordena remitir el presente asunto al Tribunal Superior del Trabajo de esta Circunscripción, quien es el Superior común por la materia. Líbrese oficio de remisión.
El Juez,
Abg. CARLOS MANUEL FUENTES
El Secretario;
Abg. JOSE MUJICA
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