REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar
Ciudad Bolívar, 13 de Abril de 2007.-
196º y 148º
ASUNTO: FH01-X-2006-000121
Vista la diligencia de fecha 10 de Abril de 2007, suscrita por la ciudadana MARIANNE GIUSTI, identificada en autos, mediante la cual a los efectos de dar cumplimiento al auto de fecha 09-04-2007, señala a este Despacho que el documento poder que acredita su representación, corre inserto en original a los folios del 34 al 36 del Cuaderno de Medidas (FH01-X-2004-000148), y en tal sentido solicita que se proceda a la homologación de la Transacción celebrada con la empresa Distribuidora Del Castillo, S.R.L; y visto así mismo el escrito de fecha 27-03-2007 suscrito por una parte por el ciudadano RACHID RICARDO HASSANI EL SOUKY, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 35.713, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa DISTRIBUIDORA DEL CASTILLO, S.R.L, parte actora en el presente asunto, y por la parte demandada la ciudadana MARIANNE GIUSTI, Abogada en ejercicio, inscrita en el InpreAbogado bajo el N° 91.439, actuando en su carácter de Co-Apoderada Judicial de la Entidad Bancaria BANCO PROVINCIAL, S.A., Banco Universal, mediante el cual procedieron a celebrar una TRANSACCION en el presente juicio, y por cuanto la misma no versa materia sobre la cual esté prohibida la TRANSACCION, este Tribunal le IMPARTE SU APROBACION Y ACUERDA SU HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil.-
La Juez,
Dra. Haydee Franceschi Gutiérrez.-
La Secretaria Temporal,
Sofía Medina.-
HFG/airam.-
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