REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida
Mérida, veinticinco de abril de dos mil ocho
198º y 149º





ACTA DE DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO




N° DE EXPEDIENTE: LP21-L-2007-000277


PARTE ACTORA: MARIELA SALESSI GUILLEN, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.267.978, de este domicilio y hábil.

APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: MARÍA VIRGINIA PERNÍA RAMÍREZ, ANA ALICIA LEAL MORENO, NANCY JOSEFINA CALDERON TREJO Y ANA BEATRIZ CIRIMELE, en su condición de Procuradoras Especiales para el Estado Mérida.

PARTE DEMANDADA: SURA DE VENEZUELA C.A

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.



En el día hábil de hoy, 25 de abril de 2008, siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, previo el pregón de Ley dado por el Alguacil a las puertas de la Coordinación ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. COPIESE Y PUBLIQUESE LA PRESENTE DECISION. Años 198º DE LA INDEPENDENCIA Y 149º DE LA FEDERACION.



LA JUEZ TITULAR,


MARIANA JOSEFINA APONTE QUINTERO





LA SECRETARIA TITULAR,



YURAHI JOSEFINA GUTIERREZ QUINTERO




En la misma fecha se publicó la anterior decisión y se expidió la copia para su archivo.


SRIA..



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