REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 24 de Abril de 2008
Años 198° y 149°
EXPEDIENTE 5422
PARTE ACTORA : WILLIAN JOSE PEREZ GONZALEZ. Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.400.724, de este domicilio.
ABOGADA ASISTENTE
PARTE ACTORA.
: Abg° JOHANNA RODRIGUEZ VIRGUEZ, Inpreabogado Nro 127.031.
MOTIVO
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO (SUMARIA)
Se inicia el presente procedimiento por demanda suscrita y presentada por el ciudadano WILLIAN JOSE PEREZ GONZALEZ, ya identificado, debidamente asistido por la abogada JOHANNA RODRIGUEZ VIRGUEZ, y recibida en este Tribunal por distribución en fecha 22 de abril de 2008, constante de dos (02) folio útiles y siete (07) anexos.
Señala el demandante, en su escrito libelar que al momento de ser asentada su PARTIDA DE NACIMIENTO, en los Libros de Nacimientos llevados por la Coordinación de Registro Civil de la alcaldía del Municipio Bruzual, del Estado Yaracuy, para el año Mil novecientos sesenta y ocho (1968), inserta bajo el Nro. 111, Folio 56, el funcionario incurrió en un (1) error material involuntario en lo siguiente: al asentar erróneamente su segundo nombre como “YOSE” siendo totalmente incorrecto, ya que su segundo nombre es “JOSE”, tal como se desprende de la documentación anexa al libelo de demanda, constante de copia fotostática de su cédula de identidad expedidas en fechas 21 de julio de 1977 y 5 de agosto de 1987 respectivamente, Pasaporte expedido el 15 de junio de 2001 por el Ministerio de Relaciones Interiores oficina Nacional de identificación, copia fotostática de partida de nacimiento (folio 02), emanada de la Prefectura del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, del ciudadano WILLIAN JOSE, copia en acetato del titulo de bachiller, mención ciencias conferido el 31 de marzo de 1992. Y en virtud que dicha PARTIDA DE NACIMIENTO, NO AMERITA UN JUICIO DE MANERA ORDINARIO, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y DEL TRANSITO de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA EN FORMA SUMARIA CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano WILLIAN JOSE PEREZ GONZALEZ, anotada bajo el Nro. 111, de los Libros de Registro Civil llevados, por la Coordinación de Registro Civil de la Alcaldía del Municipio Bruzual y el Registro Civil Principal del Estado Yaracuy, para el año 1968, en el sentido donde se colocó su segundo nombre como “YOSE” Diga en lo adelante “JOSE” Que es lo correcto, es decir su verdadero nombre es WILIIAN JOSE PEREZ GONZALEZ.
Expídase copia certificada de la presente decisión y con oficios remítase a los ciudadanos COORDINADOR DE REGISTRO CIVIL DE LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO BRUZUAL DEL ESTADO YARACUY, y al REGISTRADOR CIVIL/OFICINA PRINCIPAL de este mismo Estado, a los fines previstos en los Art. 502 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil, en el libro para Nacimientos llevados por esos Despachos para el año 1968. Líbrese Oficios-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, Y DEL TRANSITO de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
En San Felipe a los veinticuatro (24) días del mes de abril de Dos mil ocho (2008) Años: 198° y 149°.-
La Jueza;
Abog°. WENDY C. YÁNEZ RODRÍGUEZ
La Secretaria Temporal;
T.S.U ERMILA RODRIGUEZ
En esta misma fecha y siendo las 08:45 a.m. se publicó y registró la anterior decisión.
La Secretaria Temporal;
T.S.U ERMILA RODRIGUEZ
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