En el día de hoy, Veintiuno (21) de Abril del Dos Mil Ocho, siendo las Diez de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar fijada en la presente causa, comparecen por ante este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, SEDE CIUDAD BOLIVAR, el ciudadano HERNANDEZ MARTINEZ JUAN BAUTISTA, titular de la cedula de identidad numero: 8.882.292, propietario y representante de la demandada, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio: JUAN CARLOS SILVA DIAZ, de éste domicilio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 92.805, parte demandada en la presente causa. Se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, razón por la cual y con fundamento en lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PRESENTE PROCESO. ASI SE DECIDE. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las Once de la mañana (11:00 a.m.)
EL JUEZ,

ABG. YVAN ALFREDO GARCIA LOZADA


LA SECRETARIA,

ABG. MARIA ESTHER REYES ISAZA

La parte demandada