ACTA
N° DE EXPEDIENTE: FP02-L-2007-000101
PARTE ACTORA: JOSE LUIS SUAREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANIUSKA C. GUEVARA SANCHEZ y CHISTHIAM MALLA PINTO
PARTE DEMANDADA: EMPRESA SEGURIDAD SEGUNAL C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: EGREY PRIETO y ORLANDO ANTONIO TORRES ABACHE
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, Veintiún (21) de abril del Dos Mil ocho, siendo las dos y treinta minutos de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, comparece por ante este JUZGADO 2° DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR. SEDE CIUDAD BOLIVAR, los ciudadanos CHISTHIAM MALLA PINTO y ANIUSKA C. GUEVARA SANCHEZ, abogados en ejercicio, de este domicilio, e inscritos en el INPRE bajo los números 119.203 y 119.202, en su carácter de apoderados judiciales de la parte actora en la presente causa, según poder que consta en autos. Asimismo, este tribunal deja constancia de la comparecencia del ciudadano EGREY PRIETO, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo los Nro. 36.688, en su carácter de apoderados judiciales de la parte demandada en la presente causa, EMPRESA SEGURIDAD SEGUNAL C.A. Dándose inicio a la audiencia Preliminar. Las partes previa conciliación y con el objeto de resolver el presente conflicto, con el debido acatamiento de las disposiciones legales y constitucionales solicitan a la ciudadana Juez la prolongación de la presente audiencia. Ahora bien, por las consideraciones antes expuestas este JUZGADO 2° DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR SEDE CIUDAD BOLIVAR, considera necesario prolongar la presente audiencia para el día 30-04-08 a las dos y treinta minutos de la tarde (02:30 p.m.). De conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se le insta a las partes a comparecer ante este a fin de continuar con la presente AUDIENCIA PRELIMINAR el día 30-04-08 a las a las dos y treinta de la tarde (02:30 p.m.), asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las dos y cincuenta minutos de la tarde (2:50 p.m.)
LA JUEZ,
ABG. ROSIBEL GOMEZ D´LIMA LAS PARTES
LA SECRETARIA,
ABG. ZULAY ALLEN
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