REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVAR
EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución
Puerto Ordaz, 17 de Abril de 2008
195º y 147º
ACTA DE PROLONGACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR

N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2008-000321
PARTE ACTORA: Silvia Nuñez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 8.528.661.-
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: José de Jesús Díaz y Freddlyn Morales, quienes son abogados, en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el I.P.S.A. bajo los N°s 49.544 y 108.483 respectivamente
PARTE DEMANDADA: Laboratorio Bacteriológico Irmalab C.A. Laboratorio Clinico Unare II C.A. y Servicios Profesionales de Laboratorios Clinicos Seprolab C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Fred Niels Ibarra Garaban y Fredy Ramón Ibarra Urabac, quienes son abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el I.P.S.A. bajo los N°s 92.520 y 92.519 respectivamente.
MOTIVO: Cobro de Diferencia de Obligaciones Laborales

Hoy, 14 de Abril de 2008, siendo las 10:00 a.m. día fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar y anunciada a viva voz a las puertas del tribunal por parte del personal de alguacilazgo, se deja expresa constancia que a la misma compareció el Dr. Freddlyn Morales, quienes son abogados, en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el I.P.S.A. bajo el N° 108.483, quien actúa en nombre y representación del ciudadano Silvia Nuñez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 8.528.661, por una parte y por la otra el Dr. Fred Niels Ibarra Garaban, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 92.520, quien actúa en nombre y representación de la litis consorte pasiva Servicios Profesionales de Laboratorios Clinicos Seprolab C.A., y el Dr. Fredy Ramón Ibarra Urabac, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 92.519, quien actúa en nombre y representación de la empresas Laboratorio Bacteriológico Irmalab C.A. Laboratorio Clinico Unare II C.A., tal como se evidencia de los instrumentos poderes que han sido consignados en este acto ad effectum videndi, a los cuales luego de serle verificada la cualidad con la cual concurren, se procede a dar inicio a la misma, quien es esgrimen situaciones de indole legal y jurisprudencial y en virtud que tanto las partes como el Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia, para el día Miercoles 23 de Abril de 2008 a las 11:00 a.m.., de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.


El Juez
El Secretario

Dr. RICARDO COA MARTINEZ



Los Presentes