REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz
N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2007-000906
PARTE ACTORA: AURA DIAZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: KATIUSKA ARNAUDO, JAIRO GUTIERREZ
PARTE DEMANDADA: FRIGORIFICOS ORDAZ, S.A (FRIOSA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: PEDRO MANZANO CHACIN, ADRIANA NUÑEZ ARIAS
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTRAS PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, 23 de abril de 2008, siendo las 3:00 P.M, oportunidad fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, previo su anuncio a las puertas del Tribunal, se deja constancia de la comparecencia de la abogada ADRIANA NUÑEZ ARIAS, inscrita en el IPSA 65.440, en su condición de co-apoderada judicial de la demandada de autos: FRIGORIFICOS ORDAZ, S.A (FRIOSA), asimismo, el Tribunal deja constancia de la NO comparecencia, de la parte demandante, ni por si, ni por medio de apoderado judicial alguno, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años. 198º y 149º
El Juez
ABG. CIPRIANO RODRIGUEZ
La Secretaria de Sala,
ABG. CARMEN LEDEZMA
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