REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz

197º y 148º

N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2007-001371
PARTE ACTORA: ALEJANDRO GARCIA
APODERADAS DE LA PARTE ACTORA: JETSY ROJAS, MAGALLY FINOL
PARTE DEMANDADA: CONTROL Y SEGURIDAD C.A. (CONSECA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: WILLIAMS ROSAL VALLEE, GEDEL GONZALEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

Hoy, 03 de abril de 2008, siendo las 2:00 P.M. día y hora fijado para que tenga lugar la audiencia preliminar, comparece el ciudadano ALEJANDRO GARCIA, titular de la cédula de identidad n° 9.951.907, acompañado por su apoderada judicial, la abogada MAGALLY FINOL, inscrita en el I.P.S.A. bajo el n° 100.636, igualmente comparece por la demandada CONTROL Y SEGURIDAD C.A. (CONSECA), el abogado WILLIAMS ROSAL VALLEE, inscrito en el I.P.S.A. bajo el n° 97.777, dándose así inicio a la audiencia. En ese estado, la parte demandada manifiesta su plena disposición a solucionar el presente juicio, y en tal sentido, ofrece al demandante, un pago único y definitivo por la suma de Bs. F. 475,oo, que comprende todos los conceptos y montos demandados, suma que el demandante, después de consultarlo con la abogada que la acompaña, le otorga su total conformidad y aceptación; de seguidas, el apoderado de la parte demandada entrega al ciudadano ALEJANDRO GARCIA, quien lo recibe, cheque girado contra el Banco Mi Casa, por la suma acordada, declarando el demandante que nada queda por adeudarle la demandada, por lo que ambas partes solicitan la homologación del acuerdo. En virtud de lo anterior, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, por cuanto dicho acuerdo no vulnera derechos irrenunciables, ni normas de orden público, de conformidad con lo previsto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo le imparte la HOMOLOGACION correspondiente, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se ordena la entrega de las pruebas aportadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar.

El Juez

ABG. CIPRIANO RODRIGUEZ

La Secretaria de Sala,

ABG. JUDALYS MARTINEZ

Los Comparecientes