REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar


Con fecha 19 de noviembre de 2.007, la ciudadana EGLIS ELOISA PEREZ, venezolana, mayor de edad y de este domicilio, debidamente asistida por la Profesional del Derecho SULEIMA CONDE HERNANDEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 74.171, concurrió por ante este Tribunal y solicitó la INSERCION DE SU ACTA DE NACIMIENTO, habida cuenta de que no consta en los Libros de Registro Civil de Nacimientos, del Municipio Barceloneta, Distrito Heres del Estado Bolívar, donde nació la solicitante.-

Con fecha 18 de diciembre de 2.007, previo su estudio fue admitida la solicitud en referencia, y se ordenó emplazar por medio de EDICTO, a todos aquellos que pudieran ver afectados sus derechos en la petición planteada, publicación que debía hacerse en el diario Últimas Noticias, para que comparecieran a hacer oposición en el DECIMO (10) DIA luego que constara en autos la citación de las ciudadanas Cenaida Teresa Pérez y Carmen Tibisay Pérez.-

Publicado como fue el Edicto en el Diario "Ultimas Noticias" de la Ciudad de Caracas, notificado el Fiscal del Ministerio Público y vencido como quedó el plazo para la oposición sin que persona alguna hubiere concurrido por sí ni por medio de apoderado, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 771 del Código de Procedimiento Civil, quedó abierto a Pruebas el procedimiento de inserción propuesta.-

Demostrado como ha quedado lo alegado por la solicitante, de demostrar la necesidad de la INSERCION DE SU ACTA DE NACIMIENTO, este Tribunal estudiadas como han sido las actuaciones y el resultado de las declaraciones de las ciudadanas Cenaida Teresa Pérez y Carmen Tibisay Pérez, pasa a dictar su decisión y lo hace en los términos siguientes:

Por las razones expuestas este Tribunal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de INSERCION DE ACTA DE NACIMIENTO de la solicitante EGLIS ELOISA PEREZ, venezolana, mayor de edad y de este domicilio, quien nació el 22 de junio de 1977 en la población de San Salvador de Raúl Leoni, Estado Bolívra, siendo su madre Cenaida Teresa Pérez, por no encontrarse asentada dicha acta de nacimiento en Los Libros de Registro Civil correspondientes, todo en atención a lo dispuesto en el Artículo 458 del Código Civil y a lo expresamente señalado en el Artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide.-

De conformidad con el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, ofíciese a la Oficina Principal de Registro Público del Estado Bolívar, a fin de que inserte íntegra la presente sentencia en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ese Organismo.-

Publíquese y regístrese.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de este Tribunal, en Ciudad Bolívar a los veintidos días del mes de abril del Año Dos Mil Ocho.- Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.-
El Juez,

Dr. Manuel A. Cortés B.-
La Secretaria,

Abg.Soraya Charboné
En la misma fecha se publicó la anterior Sentencia, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m. ).
La Secretaria,

Abg. Soraya Charboné.-

MAC/SCH/editsira.-
Asunto FP02-S-2007-005973.
Resolución Nro. PJ0192008000227.