REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito - Ciudad Bolívar
Ciudad Bolívar, ocho de abril de dos mil ocho
197º y 149º


Vista el acuerdo de fecha 25 de marzo de 2008 que contiene la homologación celebrada entre los ciudadanos MARIO CARABALLO y JOSE TOMAS CARABALLO en la presente solicitud, debidamente asistidos por la abogada MIRIAM YANEZ, todos plenamente identificados en autos. El Tribunal, le imparte su aprobación en la forma y términos señalados en dicho escrito. Así se decide.-

Por fuerza de las razones expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la HOMOLOGACIÓN, en consecuencia, ordena dar por terminadas las presentes actuaciones y remite el presente expediente a la oficina de archivo judicial a los fines de su mejor resguardo, constante de cinco (5) folios útiles. Procédase como se ha decidido.-
El Juez,


Ab. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria,

Ab. Soraya Charboné.-

MAC/aji
ASUNTO: FP02-S-2008-001788
Resolución Nº PJ0192008000207