REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CIUDAD BOLIVAR
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO (4°) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR.
SEDE CIUDAD BOLIVAR.
Ciudad Bolívar, DOS (02) de Abril del 2008
EXPEDIENTE: FHOA-L-2002-000004
AUTO
PARTE ACTORA: TEOLINDA MACHADO, Cedula Nro.4.981.917.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: RICHARD VELASQUEZ, Abogado, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.53.004.
PARTE DEMANDADA: RONDINELA S.A.
APODERADO DE LA DEMANDADA: LUIS HERNANDEZ SANGUINO, Abogado, Inscrito en el IPSA bajo el Nro.29.944.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
AUTO
Por cuanto consta en el expediente, según relación de pagos consignados a fines de verificación por este sustanciador, que se ha cumplido el pago total de las obligaciones correspondientes a la ciudadana demandante, y visto el pago igualmente al experto contable según folios 386 y 456 del expediente y por cuanto se ha dado cumplimiento al pago de lo indexado, este tribunal en el nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, imparte la HOMOLOGACION, dándole al efecto valor de cosa juzgada conforme a la ley, y ORDENA en este acto el Cierre y archivo definitivo de la presente causa, , remisión que debe hacerse al archivo, en la oportunidad y conforme al cronograma vigente, según las pautas señaladas en el instructivo remitido y previo cumplimiento de las formalidades administrativas en el libro de registro y control llevado por este tribunal. Remítase al archivo judicial. Consígnese copia en el compilador. Dese por terminado en el sistema juris 2000. ARCHIVESE. Así se decide.
EL JUEZ
Abg. JESUS ARENAS HERNANDEZ
LA SECRETARIA
Abg. ANGELICA GRANADO