San Felipe, Tres (03) de Abril de dos mil ocho (2008)
197° Y 149°
Visto el escrito de convenimiento presentado en fecha treinta y uno (31) de marzo de dos mil ocho (2008), suscrito por la abogado LISBETH ARREAZA, mayor de edad, de Cédula de Identidad No.14.391.522,inscrita en el Inpreabogado bajo el No 96.883, en su carácter de Defensor Publico Agrario del Estado Yaracuy, debidamente autorizada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, tal como consta en designación de fecha 14 de Diciembre de 2007, en representación de la parte actora ciudadana JULIA ELIZABETH REGALADO YOVERA, venezolana, mayor de edad, de cedula de identidad N° 14.337.321, de profesión Agricultora, en la solicitud N° 0018/2008, donde comparecieron por ante la Defensoria Publica Agraria los ciudadanos JULIA ELIZABETH REGALADO YOVERA y CARLOS FEDERICO MARTINEZ de cedulas de identidad N° 14.337.321 y 5.459.022 respectivamente, y el ciudadano ALFONSO ALVAREZ de cedula de identidad N°3.427.964, a los fines de solicitar la HOMOLOGACION del acta convenio previo acuerdo de las partes en Inspeccion Judicial practicada por este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, de fecha 28/02/2008; de la cual se deja constancia que las partes llegan al siguiente acuerdo:
PRIMERO: El ciudadano ALFONSO ALVAREZ, se compromete a abrir el paso que cerró en el fundo San Javier-Guarataro-Santa Teresa en un lapso de tres días. Y el ciudadano CARLOS FEDERICO MARTINEZ acepto.
SEGUNDO: El ciudadano ALFONSO ALVAREZ, se compromete a colocar una reja en el fundo San Javier –Guarataro-Santa Teresa en un lapso de tres (3) días, colocándole un candado, y otorgándole una llave a el ciudadano CARLOS FEDERICO MARTINEZ, de la cual ambas partes aceptan.
TERCERO: El ciudadano ALFONSO ALVAREZ y el ciudadano FEDERICO MARTINEZ se comprometen a respetarse mutuamente, tanto física como verbalmente de la ambas partes aceptan.
El Tribunal para decidir, hace las siguientes consideraciones:
De la revisión de las actas procesales se observa el acuerdo de convenimiento a las que legan las partes, que cursa inserto a los folios 21 y 22, de la presente solicitud.
Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, de conformidad con el articulo 263 del codigo de procedimiento civil y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO presentado por las partes intervinientes en la presente solicitud de INSPECCION JUDICIAL, solicitada por los ciudadanos JULIA ELIZABETH REGALADO YOVERA Y CARLOS FEDERICO MARTINEZ, en la solicitud signada con el N° S-0018/2008, nomenclatura particular de este Juzgado.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, San Felipe a los tres (03) días del mes de abril de dos mil ocho de (2008). Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación. PUBLIQUESE, REGISTRESE y DEJESE COPIAS CERTIFICADAS.
LA JUEZ,
DRA. LINDA LUGO MARCANO
LA SECRETARIA,
Abg. BETSY RAMIREZ
En la misma fecha, siendo las tres y quince de la tarde (3:15 p.m.) se publicó y registró el anterior fallo.
LA SECRETARIA ,
Abg. BETSY RAMIREZ
LLM/BR/barc
SOL: N° S-0018/2008
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