REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de San Felipe
San Felipe, 5 de Agosto de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2008-000467
ASUNTO : UP01-P-2008-000467
EJECUCION DE SENTENCIA Y ACTUALIZACION DE COMPUTOS
Firme como a quedado la sentencia dictada por el tribunal de juicio en fecha 22-05-2008 que conforman el asunto UPOI-P-2008-000467, se determina que el penado JOSE ANTONIO VELANDRIA SALCEDO venezolanomayor de edad, titular de la cedula de identidad NV-14..463.288, condenado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS y CUATRO (4) MESES de prisión por la comisión del delito de Robo agravado y porte ilícito de arma previsto y sancionado en el articulo 458 y 277 del código penal y habiendo quedado definitivamente firme la sentencia este tribunal procede a ejecutarla. En vista de lo anterior, este Tribunal de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 482 Código Orgánico Procesal Penal, procede a practicar cómputo de la pena :Se determino que fue detenido el 09-02-2008 y hasta la presente fecha por lo que se deduce que ha cumplido un lapso de cinco 5 meses y veintiún días venciéndose la pena el 9 -06-2018 por lo que se evidencia que el penado pueden optar alos beneficios de ley en las siguientes fechas el dia 9-9-2010 al cumplir ¼ de la pena que son dos 2 años y siete7 meses destacamento de trabajo el DIA 19-07-2011 al cumplir 1/3 de la pena que son tres 3 años y cinco 5 meses régimen abierto el DIA 29-12-2014 al cumplir las 2/3 partes de la pena que serian seis 6 años diez 10 meses y veinte 20 días libertad condicional y e3l dia 9-11-2015 al cumplir las ¾ partes de la pena que seria siete 7 años y nueve 9 meses el confinamiento de inmediato se dejo en uso del derecho de palabra al penado quien se dio por notificado de la decisión Así mismo se da por notificada la defensa . Se ordena oficiar lo conducente a la consultorio jurídica del internado judicial Yaracuy Cúmplase.
Abg. Luis Valdivieso
Juez de Ejecución N° 2 La secretaria