REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Puerto Ordaz, siete (07) de Agosto de dos mil ocho (2008)
197º y 148º
ASUNTO: FP11-L-2008-000981
PARTE ACTORA: SANTO ALEXANDER AVILES RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de las Cédula de Identidad Nº 18.236.004.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: No Constituyó.
PARTE DEMANDADA: CARGOPORT LOGISTICS, C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: FABIOLA GONZALEZ VALLADARES, abogado en Ejercicio, de este domicilio e inscrita en el IPSA bajo el Nº 107.020.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
INSTALACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR
DESISTIDO EL PROCESO – TERMINADO EL PROCEDIMIENTO
En el día de Hoy, fecha y hora para que tenga lugar la Instalación en el presente Asunto de la Audiencia Preliminar, se hizo el llamado por el ciudadano Alguacil, tres (03) veces en la Sala de Audiencia de este Circuito Judicial Laboral, y a tales efectos compareció a esta Sala, únicamente los ciudadanos (a) FABIOLA GONZALEZ VALLADARES, abogado en Ejercicio, de este domicilio e inscrita en el IPSA bajo el Nº 107.020, en su condición de representante judicial de la Sociedad Mercantil CARGOPORT LOGISTICS, C.A., representación ésta que se evidencia de instrumento poder cual consigna en este mismo acto, Parte Demandada en la presente Causa. Dejándose constancia que el ciudadano SANTO ALEXANDER AVILES RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de las Cédula de Identidad Nº 18.236.004, Parte Accionante, no compareció ni por sí ni por medio de representante judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Segundo (2º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión Territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCESO Y TERMINADO EL PROCEDIMIENTO.
Regístrese y Publíquese la presente Decisión y Déjese Copia en el Compilador respectivo.
Dado, Firmado y Sellado en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo (2º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz. A los SIETE (07) días del mes de Agosto del dos mil ocho (2008). Años 197º de la Independencia y 148º de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,
Abg. MERCEDES SANCHEZ RODRIGUEZ.
LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,
Abg. FABIOLA GONZALEZ VALLADARES
EL SECRETARIO,
Abg. RONALD GUERRA.
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