REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVAR
EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución
Puerto Ordaz, 14 de Agosto de 2008
195º y 147º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON CARÁCTER DE DEFINITIVA
ACTA DE MEDIACION POSITIVA
FP11-L-2008-000886

Hoy, 14 de Agosto de 2008, siendo las 12:00 m., previa la habilitación del tiempo necesario el cual se acuerda por no ser contrario al orden público, a las buenas costumbres o al derecho, el Dr. Yovanny Leonel Gómez Olivero, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 124.275, quien actúa en nombre y representación de la actora Jorge Luis Bello Martínez, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 9.295.185, por una parte y por la otra el ciudadano Jorge Luis Mendoza, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 113.184, quien actúa en nombre y representación de la empresa “Transporte Camila C.A.”, a quienes se les verifica la cualidad con la cual concurren y se procediéndose de seguido a dar inicio a la continuación de la audiencia preliminar, otorgándose el derecho de palabra a las partes quienes luego de breve intervención, señalan que se ha logrado alcanzar una mediación en la presente causa, en relación con la reclamación del ciudadano Jorge Luis Bello Martínez, quien es venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 9.295.185, por lo que, analizado en libelo y observado que la presente causa se inicio con interposición de escrito libelar en fecha 27 de Mayo de 2008, siendo admitida en fecha 10 de Junio de 2008, por parte de la Dra. Daisy Lunar, en su cualidad de Jueza Tercera (3ª.) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en fecha 19 de Junio de 2008, el ciudadano Gilberto José Bonillo Hernández, en su cualidad de alguacil, siendo certificada por el personal de secretaria en fecha 08 de Julio de 2008, distribuida la causa a este juzgado en fecha 22 de Julio de 2008, mediante acta N° 125, verificándose acta de audiencia preliminar durante los días 22 de Julio de 2008, 30 de Julio de 2008, 12 de Agosto de 2008; estableciéndose en el escrito libelar que la actora reclamó los conceptos siguientes:
CONCEPTO BOLIVARES FUERTES
Antigüedad de conformidad al art. 108 de la L.O.T. 7.522,22
Intereses sobre antigüedad 530,77
Diferencia de Vacaciones y Bono Vacacional 2006-2007 1.445,23
Vacaciones y Bono Vacacional Fraccionada 2007-2008 738,36
Diferencia de Utilidades 2007 1.200,oo
Utilidades 2008 3.600,oo
Utilidades Fraccionadas 2009 300,oo
Diferencia de antigüedad artículo 108 de la L.O.T. (literal c) 6.516,28
Dias adicionales 411,55
Indemnización por Despido Injustificado 24.122,93
Diferencia Dias Domingo y Feriados 3.189,33
Intereses Moratorios 595,49
Diferencia por Bono Nocturno 1.323,91
Intereses sobre el Bono Vacacional no pagado 320,15
Diferencia Horas extras 1.103,32
Intereses sobre horas extras no pagadas 156,08
Diferencia de Bono de Producción 1.100,oo
Deducción Indebida 800,oo
TOTAL 51.068,99

en este acto toma la palabra la representación de la parte demandada “Transporte Camila C.A.” y ofrece a los fines de la mediación la cantidad de Cinco Mil Bolívares Fuertes (Bsf. 5.000,oo), los cuales son para satisfacer los conceptos siguientes:
CONCEPTO BOLIVARES FUERTES
Antigüedad de conformidad al art. 108 de la L.O.T. 5.000,oo

Estableciendo las partes que consideran improcedentes los conceptos siguientes:
Intereses sobre antigüedad 530,77
Diferencia de Vacaciones y Bono Vacacional 2006-2007 1.445,23
Vacaciones y Bono Vacacional Fraccionada 2007-2008 738,36
Diferencia de Utilidades 2007 1.200,oo
Utilidades 2008 3.600,oo
Utilidades Fraccionadas 2009 300,oo
Diferencia de antigüedad artículo 108 de la L.O.T. (literal c) 6.516,28
Dias adicionales 411,55
Indemnización por Despido Injustificado 24.122,93
Diferencia Dias Domingo y Feriados 3.189,33
Intereses Moratorios 595,49
Diferencia por Bono Nocturno 1.323,91
Intereses sobre el Bono Vacacional no pagado 320,15
Diferencia Horas extras 1.103,32
Intereses sobre horas extras no pagadas 156,08
Diferencia de Bono de Producción 1.100,oo
Deducción Indebida 800,oo

seguidamente la parte actora toma la palabra y acepta la propuesta de la representación de la demandada, señalando que, con el presente acuerdo transaccional, se incluyen tanto lo relativo a las cantidades generadas en razón del presente procedimiento seguido en razón de la relación laboral la cual se da por terminada de manera definitiva de mutuo acuerdo, en consecuencia, la parte demandada hace entrega formal en este acto a la actora, quien declara recibirlo a su entera y cabal satisfacción, un instrumento cambiario signado con el N° 00014721, girado contra Cuenta Bancaria N° 01080943670100005716, del Banco Provincial por un monto de Cinco Mil Bolívares Fuertes (Bsf. 5.000,oo), a favor del reclamante. Este Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, visto el acuerdo alcanzado por las partes y en virtud de haber mediado de manera efectiva, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA LA PRESENTE TRANSACCION COMO POSITIVA y en consecuencia se HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCION, in continente SE DA POR CONCLUIDA LA MISMA, OTORGANDOLE LA CATEGORIA DE COSA JUZGADA, quedando a salvo el estricto cumplimiento a lo transado en este despacho el día de hoy. Así mismo se deja expresa constancia que en este acto se hace entrega formal de las pruebas consignadas por las partes en la oportunidad de la audiencia preliminar de fecha 22 de Julio de 2008, los cuales son recibidos por estos a su entera y cabal satisfacción.- TODO DE CONFORMIDAD A LAS ESTIPULACIONES DEL ARTÍCULO 133 DE LA LEY ORGANICA PROCESAL DEL TRABAJO.- PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA EN EL RESPECTIVO COMPILADOR.-


El Juez
La Secretaria
Dr. RICARDO COA MARTINEZ




Los presentes