REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ



REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVAR
EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución
Puerto Ordaz, 05 de Agosto de 2008
195º y 147º
ACTA DE PROLONGACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR

N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2008-000135
PARTE ACTORA: Jennifer Fernández, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 12.560.700.-
APODERADAS DE LA PARTE ACTORA: Yovana Ramírez y Irene Maximina Cedeño Bracho, quienes son abogadas, en ejercicio, de este domicilio e inscritas en el I.P.S.A. bajo los N°s 92.514 y 91.914 respectivamente
PARTE DEMANDADA: Tu Cosmético C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Julio Cesar Marcano, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 36.966.
MOTIVO: Cobro de Diferencia de Obligaciones Laborales

Hoy, 05 de Agosto de 2008, siendo las 11:00 a.m. día fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar y anunciada a viva voz a las puertas del tribunal por parte del personal de alguacilazgo, se deja expresa constancia que a la misma compareció el Dr. Julio Cesar Marcano, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 36.966, quien actúa en nombre y representación de la demandada Tu Cosmético C.A., por una parte y por la otra la Dra. Irene Maximina Cedeño Bracho, quien es abogada, en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 91.914, quien actúa en nombre y representación de la actora Jennifer Fernández, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 12.560.700, a los cuales luego de serle verificada la cualidad con la cual concurren, se procede a dar inicio a la misma y se le otorga el derecho de palabra a las partes quienes esgrimen situaciones de índole legal y jurisprudencial y en virtud que tanto las partes como el Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia, para el día Miercoles 17 de Septiembre de 2008 a las 10:30 a.m.., de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.

El Juez
El Secretario
Dr. RICARDO COA MARTINEZ


Los Presentes