REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito del Prime Circuito del Circunscripción Judicial del Estado Bolívar



Con fecha 08 de octubre de 2007, la ciudadana TIBISAY JOSEFINA OLIVARES, venezolana, mayor de edad y domiciliada en la población de San Francisco de la Paragua, Municipio Autónomo Raúl Leoni, Estado Bolívar, debidamente asistido por la profesional de derecho SULEIMA CONDE HERNANDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 74.171, consignó por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento, recibida por este Tribunal en la misma fecha y solicitó la INSERCIÓN DE SU ACTA DE NACIMIENTO, habida cuenta de que no consta en los Libros de Registro Civil de Nacimiento llevados por la Oficina Principal de Registro Público del Estado Bolívar.-

Alega la solicitante en su escrito de solicitud lo siguiente:

Que su nacimiento se produjo en la población de San Francisco de la Paragua, Municipio Autónomo Raúl Leoni, Estado Bolívar, el día 16 de abril del año 1.977.

Que es hija de Delida Josefina Olivares.

Que no aparece asentada la mencionada partida en los Libros de Registro Civil de Nacimiento llevados por la Oficina Principal de Registro Público del Estado Bolívar.

Con fecha 16 de octubre de 2.007, previo su estudio fue admitida la solicitud en referencia y se ordenó emplazar por medio de EDICTO, publicación que debía hacerse en un diario de extensa circulación de la Capital de la República, a todo aquel que pudiere tener interés directo y manifieste en la petición planteada, para que en un plazo de DIEZ (10) DIAS de los señalados para despacho en este Tribunal diera contestación a la solicitud que origina dichas actuaciones. Asimismo se ordenó la citación de la ciudadana Delida Josefina Olivares.

Publicado el edito en el Diario “Ultimas Noticias” de la ciudad de Caracas y vencido como quedó el plazo para la contestación, habiendo comparecido la ciudadana Delida Josefina Olivares manifestado que es cierto que la ciudadana TIBISAY JOSEFINA OLIVARES es su hija, que nació el 16 de abril del año 1.977.

Cumplida como fue la publicación y consignación del edicto y citada la ciudadana Delida Josefina Olivares, se ordenó la notificación del Fiscal del Ministerio Público. Notificado como fue el Fiscal del Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 771 del Código de Procedimiento Civil, quedó abierto a pruebas el procedimiento de inserción.

Por las razones expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Prime Circuito del Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de INSERCION DE ACTA DE NACIMIENTO de la solicitante TIBISAY JOSEFINA OLIVARES plenamente identificada, hija de Delida Josefina Olivares, nacida en la población de San Francisco de la Paragua, Municipio Autónomo Raúl Leoni, Estado Bolívar, el día 16 de abril del año 1.977, por no encontrarse asentada dicha acta de nacimiento en los Libros de Registro Civil correspondientes, todo en atención a lo dispuesto en el artículo 458 del Código Civil y a lo expresamente señalado en el artículo 772 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide.-

De conformidad con el Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, ofíciese a la Oficina Principal de Registro Público del Estado Bolívar, a fin de que inserte íntegra la presente sentencia en los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por ese Organismo.-

Publíquese y regístrese.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencia de este Tribunal, en Ciudad Bolívar a los once días del mes de agosto del año dos mil ocho. Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
El Juez,



Ab. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria Temporal,

T.S.U. Lerys Barreto.-
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia, siendo la once y cuarenta de la mañana (11:40 a.m.).
La Secretaria Temporal,

T.S.U. Lerys Barreto.-



MAC/aji.-
ASUNTO: FP02-S-2007-005043
Resolución Nº PJ0192008000551