REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito - Ciudad Bolívar
Ciudad Bolívar, catorce de agosto de dos mil ocho
198º y 149º


Visto el auto de fecha 13 de agosto de 2008, conforme riela al folio 23 de la presente causa, mediante el cual se ordenó notificar al ciudadano Fiscal 7º del Ministerio Público, este Tribunal, deja sin efecto dicho auto y la boleta de notificación librada.

Revisadas las presentes actuaciones contentiva de la solicitud de divorcio 185-A presentada por la ciudadana Carmen Elena Araya Farreras y por cuanto el cónyuge ciudadano Daniel Antonio Hidalgo Barrolleta no compareció personalmente en la fecha indicada, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara terminado el procedimiento, de conformidad con el artículo 185-A en su último aparte que expresa:

Si el otro cónyuge no compareciere personalmente o si al comparecer negare el hecho, o si el Fiscal del Ministerio Público lo objetare, se declarará terminado el Procedimiento y se ordenara el archivo del Expediente.

En consecuencia se ordena remitir las presentes actuaciones a la oficina de archivo judicial del Estado Bolívar para su mejor resguardo, constante de veinticinco (25) folios útiles. Así se decide.-
El Juez,



Ab. Manuel Alfredo Cortés.-
La Secretaria Temporal,


T.S.U. Lerys Barreto.-
MAC/aji
ASUNTO: FP02-S-2007-004331
Resolución Nº PJ0192008000572