ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2005-001728
ASUNTO : UP01-P-2005-001728
Visto el escrito presentado se procede a la revisión del presente asunto correspondiente al penado RONNY XAVIER GONZALEZ LOPEZ, titular de la cédula de identidad N° 19.818.196, por lo que éste Tribunal pasa actualizar los cómputos de la pena de la forma siguiente:
El penado fue condenado por el Tribunal de Juicio N° 2 de este Circuito Judicial Penal en fecha 09/06/2006, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO DE PERTENECIAS A PASAJEROS DE VEHICULO DE TRANSPORTE COLECTIVO, previsto y sancionado en el artículo 357 último aparte en concordancia con al articulo 83del Código Penal.
En vista de lo anterior, este Tribunal de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 482 Código Orgánico Procesal Penal, procede a practicar nuevos cómputos de la pena de la siguiente manera:
Consta en autos que el referido penado fue detenido el día 20/08/2005 hasta la presente fecha (09/12/2008); por lo que se infiere que lleva detenido TRES (3) AÑOS TRES (3) MESES Y DIECINUEVE (19) DIAS. Por lo que le falta por cumplir de la Pena impuesta SEIS (6) AÑOS OCHO (8) MESES Y ONCE (11) DIAS. Pena que se vence el día 20 de Agosto del 2015.
Así mismo se le informa al penado que puede optar a las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena a partir de las siguientes fechas: DESTACAMENTO DE TRABAJO: Al cumplir ¼ parte de la pena (2 años y 6 meses) Extinguido, beneficio que fue otorgado en fecha 01 de Abril del 2008; REGIMEN ABIERTO; al cumplir la 1/3 parte de la pena (3 años y 4 meses) es decir a partir del día 20/12/2008, así mismo le corresponde LIBERTAD CONDICIONAL, al cumplir 2/3 partes de la pena (6 años y 8 meses ) es decir a partir del día 20/04/2012; CONFINAMIENTO al cumplir ¾ partes de la pena (7 años y 6 meses) es decir a partir del día 20/02/2013. Se ordena remitir copia certificada del presente auto al penado, a la Consultora Jurídica del Internado Judicial y notificar a la Fiscal Décimo Primera y a la Defensora Pública Penitenciaria. Cúmplase.-
JUEZ DE EJECUCIÓN N° 01
ABG. JENNY ANDALUZ AFFIGNE
EL SECRETARIO
ABG. DOUGLAS FUENTES
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