CAPITULOVI
DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos y en base a las disposiciones legales citadas, este Tribunal de Control Nº 2 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, “Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley”, emite el siguientes pronunciamiento:
Primero: Declara con lugar la Solicitud Fiscal y se Califica la aprehensión del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, anteriormente identificado, como Flagrante, por su presunta participación en el hecho delictivo imputado por la representante Fiscal como es el delito Ocultamiento de Arma de Fuego y Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, previsto en los artículos 277 y 470 del Código Orgánico Procesal Penal, en perjuicio de La Nación, de conformidad en el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, en concordancia con las formalidades esenciales del artículo 248 del Código Penal, por remisión del articulo 537 de la Ley Especial. Segundo: Se le decreta medida de presentación cada Ocho (08) días por ante la Meza de Alguacilazgo y se niega la solicitud de la Defensa Publica Tercera de la Sección de Adolescentes sobre Libertad Plena. Tercero: Se ordena conforme a lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, continuar el proceso por la vía Abreviada y en consecuencia se dicta auto de enjuiciamiento en contra del adolescente presentado, de conformidad con el artículo 579 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes. Cuarto: Se ordena la práctica del informe Psico-social y el examen Medico Forense para el día Lunes 01-12- 08. Ofíciese al Equipo Técnico Adscrito a esta Sección de Adolescentes y a la Medicatura Forense de esta ciudad. Cuarto: Se intiman a las partes para que en lapso legal acudan por ante el Tribunal de Juicio de esta misma Sección de Adolescentes.
Publíquese, dado, sellado, firmada y en su oportunidad remítase lo conducente al Tribunal de Juicio de esta misma Sección a los fines legales pertinentes. En el Tribunal de Control N° 2 de la Sección de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. San Felipe 29 de Noviembre de 2008.
La Jueza de Control N° 2 La Secretaria
Abg. Maria Corona Abg. Ariadna Juarez
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