REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
198º y 149º

ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
Nº DE EXPEDIENTE: UP11-L-2007-000434.
PARTES DEMANDANTES: DENYS DEL CARMEN MATUTE TALAVERA, MARLENYS MARGARITA COLINA GARCÍA y CARMEN ADELINA PEROZO CARACHE
REPRESENTADAS POR: Abg. ERIKA INDIRA OJEDA MERCADE.
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO AUTONOMO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO
YARACUY (FUNDESOY) hoy INSTITUTO AUTONOMO CONTRA LA POBREZA
EXTREMA Y EXCLUSIÒN SOCIAL DEL ESTADO YARACUY (I.A.P.E.E.S.E.Y).
EN LA PERSONA DE: NELSON ROJAS GUTIERREZ Y/O PEDRO MANUEL JIMENEZ RAMIREZ.
REPRESENTADO POR: Abg. ANDRES JOSE OCHOA OJEDA.
APODERADO JUDICIAL DE LA PROCURADURÍA DEL ESTADO: Abg. CARLOS E. CAMACARO H.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los Diez (10) días del mes de Diciembre de 2008, siendo las 09:00 AM., de la Mañana, oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar Suspendida y continuación del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por las ciudadanas: DENYS DEL CARMEN MATUTE TALAVERA, MARLENYS MARGARITA COLINA GARCÍA y CARMEN ADELINA PEROZO CARACHE, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.143.071; V-12.727.671 y V-5.462.195 respectivamente, todas de este domicilio, representadas en este acto por su Apoderada Judicial la Abogadas en ejercicio: ERIKA INDIRA OJEDA MERCADE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 15.965.397 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 108.441, de este domicilio, actuando con sus facultades acreditadas en autos, en CONTRA: DEl INSTITUTO AUTONOMO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO YARACUY, (FUNDESOY) hoy INSTITUTO AUTONOMO CONTRA LA POBREZA EXTREMA Y EXCLUSIÒN SOCIAL DEL ESTADO YARACUY (I.A.P.E.E.S.E.Y), representado por el ciudadano: PEDRO MANUEL JIMENEZ RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.458.159, Ingeniero, en su carácter de Presidente Entrante del Instituto Demandado, de este domicilio, representado en este acto por su Apoderado Judicial el Abogado: ANDRES JOSE OCHOA OJEDA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.755.100 e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 121.671, de este domicilio, quien actúa con sus facultades acreditadas en autos en representación del Instituto Demandado, conforme a la causa signada con el Nº UP11-L-2007-000434, de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presentes en este acto la Apoderada Judicial de los Demandantes, el Apoderado Judicial del Instituto Demandado; y a su vez quien Juzga deja constancia de la comparecencia a este acto del Apoderado Judicial de la Procuraduría General del Estado Yaracuy, el Abogado: CARLOS E. CAMACARO H, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 14.377.793 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 114.393, de este domicilio, quien actúa con sus facultades acreditadas en autos en representación de la Procuraduría General de este Estado; y una vez establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de la Audiencia, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogado ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ, Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; e igualmente porque las partes han solicitado la Suspensión de la Audiencia Preliminar Suspendida. En consecuencia este Tribunal por cuanto considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado. Ahora bien, quien Juzga considera la Suspensión solicitada por las partes, por consiguiente acuerda SUSPENDER esta Audiencia Preliminar Suspendida hasta el día MARTES 16-12-2008, procediendo a fijar dicha Suspensión solicitada por las partes de la Audiencia Preliminar, para el día MIERCOLES 17-12-2008, a las 02:00 PM. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarreará las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Se SUSPENDE esta Audiencia para esta fecha por estar fijadas otras audiencias los días anteriores.
Se hacen Cuatro (04) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, a los Diez (10) días del mes de Diciembre de 2008. Siendo las 10:45 AM de la Mañana. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ
Por las partes demandantes: Por la parte Demandada:



INSTITUTO AUTONOMO PARA EL DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO YARACUY (FUNDESOY) hoy INSTITUTO AUTONOMO CONTRA LA POBREZA EXTREMA Y EXCLUSIÒN SOCIAL DEL ESTADO YARACUY (I.A.P.E.E.S.E.Y)

Representadas por: Representado por:

Abg. ANDRES J. OCHOA O.

Abg. ERIKA I. OJEDA.

Apoderado Judicial de la Procuraduría del Estado Yaracuy:

Abg. CARLOS E. CAMACARO H.
La Secretaria.

Abg. MIRBELIS ALMEA.





AVLH/MA.