REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, diez (10) de diciembre de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO: UP11-L-2008-000547
Visto que la Celebración de la Audiencia Preliminar en el presente asunto estaba fijada para el día de hoy miércoles diez (10) de diciembre de dos mil ocho, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA (9:00 A.M), y por cuanto dicha Audiencia Preliminar coincide el mismo día a la misma hora, con la Celebración de otra Audiencia Preliminar. En consecuencia quien Juzga en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda DIFERIR de oficio dicha Audiencia Preliminar y a tal efecto la fija para el día MIÈRCOLES DIECISIETE (17) DE DICIEMBRE DE 2008, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 A.M). No se ordena notificar a las partes por cuanto las mismas están a derecho de conformidad con lo previsto en el Articulo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Juez,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ
La Secretaria,
Abg. MIRBELIS ALMEA
AVLH/MA/dilciasosa