REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
198º y 149º
ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN
Nº. DE EXPEDIENTE: UP11-L-2008-000348.
PARTE DEMANDANTE: MAURICIO JIMENEZ RIVAS.
REPRESENTADO POR: Abg. MARIELA E. PIÑERO MONTOYA.
PARTE DEMANDADA: MOISES GIMENEZ.
REPRESENTADO POR: Abg. DAVID FLORES PIÑA.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los Diecisiete (17) días del mes de Diciembre de 2008, siendo las 12:00 M del Mediodía, oportunidad fijada para la Celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada y continuación del proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por el ciudadano: MAURICIO JIMENEZ RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 7.588.750, de este domicilio, representado en esta oportunidad por su Apoderada Judicial la Abogada en ejercicio: MARIELA ELISA PIÑERO MONTOYA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N. 11.270.572 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N. 108.417, de este domicilio, quien actúa con sus facultades acreditadas en autos, en CONTRA: del ciudadano: MOISES GIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 7.506.399, de este domicilio, en su condición de parte Demandada, representado en este acto por su Apoderado Judicial el Abogado en ejercicio: DAVID FLORES PIÑA, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 79.169, de este domicilio, quien actúa con sus facultades acreditadas en autos en representación de la parte Demandada, conforme a la causa signada con el N° UP11-L-2008-000348, de la nomenclatura interna de este Tribunal. Presentes en este acto la Apoderada Judicial del Actor y el Apoderado Judicial de la parte Demandada; y una vez establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de la Audiencia, seguidamente se da inicio a la AUDIENCIA PRELIMINAR, presidida por la Abogado ARLEC VERONICA LUCENA HERNANDEZ, Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. Por cuanto se desprende del debate la posibilidad de la conciliación y en consecuencia el acuerdo; igualmente porque las partes han solicitado la prolongación de la Audiencia Preliminar. En consecuencia éste Tribunal considera que no se ha agotado el debate para la resolución del conflicto planteado y a su vez les recomienda a las partes reunirnos en la próxima Audiencia aquí Prolongada tanto con el Actor en la persona del ciudadano: MAURICIO JIMENEZ RIVAS, identificado en autos, a quien se ordena notificar en la dirección señalada en las actas procesales y con la ciudadana: NACARY JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, en su condición de Administradora de la Granja La Corinita, domiciliada en la Via al Aeropuerto, entrada a Guayurebo. Granja Naca, Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, a quien se ordena notificar en la dirección antes señalada, por lo tanto se les insta a los Apoderados Judiciales de las partes, comparecer a la Celebración de la Audiencia Preliminar aquí Prolongada en compañía de sus representados, por consiguiente, se PROLONGA esta Audiencia Preliminar y a tal efecto se fija para el día VIERNES 23-01-2009, a las 10:00 AM. Se prolonga para esta fecha por estar fijadas otras Audiencias Preliminares los días anteriores. Asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
Se hacen Tres (03) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, a los Diecisiete (17) días del mes de Diciembre de 2008. Siendo 12:40 M del Mediodía. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,
Abg. ARLEC VERONICA LUCENA HERNÁNDEZ
Por la parte demandante: Por la parte Demandada:
MOISES GIMENEZ.
Representado por: Representado por:
Abg. MARIELA E. PIÑERO M.
Abg. DAVID FLORES PIÑA.
La Secretaria Accidental.
Abg. GRECIA VERASTEGUI.
AVLH/GV.
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