REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, Dos (02) Diciembre dos mil Ocho
198º y 149º

Por cuanto para el día de hoy, 02 de diciembre de 2008, a las DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM), se encuentra prevista la celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada, y por ocupaciones preferentes, éste Tribunal en aras de cumplir con la finalidad de la primera fase del proceso laboral, la cual es la Mediación y Conciliación, acuerda y ordena: REPROGRAMAR la prolongación de la Audiencia Preliminar, para el día JUEVES OCHO (08) DE ENERO DE 2009, a las: DIEZ DE LA MAÑANA (10:00 AM). No se ordenó notificar a las partes por cuanto se encuentran a derecho de conformidad con el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

La Juez,

Abg. ARLEC VERÓNICA LUCENA HERNÁNDEZ


La Secretaria,



Abg. MIRBELIS ALMEA.
ASUNTO: UP11-L-2008-000018-Oswaldoliscano.-