REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA








TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
197° y 148°

Puerto Ordaz, 09 de Diciembre de 2008


ASUNTO PRINCIPAL : FP11-R-2005-000545


IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:

PARTE DEMANDANTE RECURRENTE: LUIS ANTONIO ZORRILLA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 6.953.759.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE RECURRENTE: RAFAEL CAMACHO, AQUILES LEMUS, RAUL MORA, FELIPE RIVAS, HUMBERTO RIVAS, JOFRE SAVINO, YURITZZA PARRA y MAGALLY FINOL, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo los Nº 16.104, 5.083, 13.456, 53.465, 64.982, 66.210, 106.513 y 100.636, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: C.V.G. ALUMINIO DEL CARONI, S.A. (C.V.G. ALCASA), inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 16 de febrero de 1.961, bajo el Nº 11, Tomo 1-A Sgdo., cuyos estatutos han sido modificados en varias oportunidades siendo los últimos y vigentes los inscritos ante la citada oficina de Registro Mercantil en fecha 23 de diciembre de 1.999, bajo el N° 29, Tomo 348-A-Sgdo.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE BLANCO, GUSTAVO BLANCO, CARLOS MORENO, BELZAHIR FLORES, ZADDY RIVAS, DESIRE SALAZAR, NELSON FRANCIA, MAHUAMPY ALCANTARA, ADRIANA INOJOSA, BERLICE GONZALEZ, JOANA PIÑERO, ERNESTO GUEVARA, FABIOLA GONZALEZ, JOHLAINY RINCON, ANDREA VASQUEZ, MAOLY MEDINA, SEVERO RIESTRA, MARIA GUTIERREZ, CARMELO DE GRAZIA y HORACIO DE GRAZIA, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A.) bajo los Nº 18.255, 29.214, 16.031, 47.451, 65.552, 80.833, 4.909, 107.075, 106.886, 106.884, 102.827, 107.139, 107.020, 112.911, 107.019, 112.906, 23.957, 28.836, 62.667 y 84.032, respectivamente.

CAUSA: RECURSO DE APELACIÓN EN AMBOS EFECTOS.

En el día de hoy, Martes Nueve (09) de Diciembre de 2008, siendo las nueve y treinta horas de la mañana (09:30 a.m.), se deja expresa constancia que se da inicio a la Audiencia Oral y Pública de Apelación, en el expediente signado con el Nº FP11-R-2005-000545. Anunciado el acto a las puertas de la Sala de Audiencias de este Circuito Laboral, por parte del ciudadano Alguacil DIXON GARCIA, la ciudadana Jueza declaró iniciada la Audiencia y solicitó a la ciudadana Secretaria, informara sobre el motivo de la misma e inmediatamente procediera a la verificación de la identidad de las partes, informando seguidamente la Secretaria que el motivo de la Audiencia se encuentra circunscrito al Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante recurrente contra la sentencia dictada en fecha 07 de abril de 2005 por el extinto Juzgado Primero de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, todo en el Juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD PROFESIONAL Y DAÑO MORAL, incoara el ciudadano LUIS ANTONIO ZORRILLA, contra la empresa C.V.G. ALUMINIO DEL CARONI, S.A. (C.V.G. ALCASA), asimismo la Secretaria dejó constancia de la incomparecencia de la parte demandante recurrente ciudadano LUIS ANTONIO ZORRILLA, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, y de la comparecencia de la parte demandada empresa C.V.G. ALUMINIO DEL CARONI, S.A. (C.V.G. ALCASA), a través de su apoderada judicial abogada MAOLY MEDINA. En tal sentido el Tribunal procede a dictar la decisión correspondiente, y lo hace en los siguientes términos:

DISPOSITIVA

Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:

PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN ejercida por la representación judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada en fecha 07 de abril de 2005 por el extinto Juzgado Primero de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. ASI SE DECIDE.

SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria se confirma en todas y cada una de sus partes el fallo apelado, dictado en el juicio que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIÓN POR ENFERMEDAD PROFESIONAL Y DAÑO MORAL, incoara el ciudadano LUIS ANTONIO ZORRILLA, contra la empresa C.V.G. ALUMINIO DEL CARONI, S.A. (C.V.G. ALCASA). ASI SE DECIDE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, a los Nueve (09) días del mes de diciembre de 2008. Años 198º de la Independencia y 149º de la Federación.

Regístrese, publíquese y déjese copia de la presente decisión en el compilador respectivo. Remítase el presente expediente a su Tribunal de origen, una vez quede firme esta sentencia en la oportunidad procesal correspondiente. Se deja constancia que la presente audiencia fue reproducida por el Departamento Audiovisual de este Circuito, de conformidad con lo establecido en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por lo cual se ordena agregar a los autos el respectivo disco compacto contentivo de la grabación de este acto.

LA JUEZA SUPERIOR PROVISORIA,

DRA. ANA TERESA LOPEZ ARTEAGA





APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA,



LA SECRETARIA DE SALA,

ABG. CARMEN GARCIA


LA ABOGADO ASISTENTE,


ABG. CAROLINA CARREÑO