REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVAR
EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución
Puerto Ordaz, 15 de Diciembre de 2008
195º y 147º
ACTA DE PROLONGACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2008-001421
PARTE ACTORA: Efraín Antonio Rosas, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 24.891.436.-
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Herman Héctor Meinhard Contasti, quien es abogado, en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 85.047.-
PARTE DEMANDADA: DADA GROUP C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Jackson O. Rodríguez B., quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 125.765.
MOTIVO: Cobro de Diferencia de Obligaciones Laborales
Hoy, 15 de Diciembre de 2008, siendo las 10:00 a.m. día fijado para que tenga lugar la continuación reunión de la Audiencia Preliminar y anunciada a viva voz a las puertas del tribunal por parte del personal de alguacilazgo, se deja expresa constancia que a la misma comparece el Dr. Herman Héctor Meinhard Contasti, quien es abogado, en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 85.047 y quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la actora Efraín Antonio Rosas, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 24.891.436, por una parte y por la otra el Dr. Freddy José Bastidas Rodríguez, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 94.698, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la empresa DADA GROUP C.A. a los cuales luego de serle verificada la cualidad con la cual concurren, se procede a dar inicio a la misma y se le otorga el derecho de palabra a las partes quienes esgrimen situaciones de índole legal y jurisprudencial y en virtud que tanto las partes como el Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia, para el día Lunes 26 de Enero de 2009 a las 10:00 a.m.., de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
El Juez
El Secretario
Dr. RICARDO COA MARTINEZ
Los Presentes