REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida
Mérida, 19 de Diciembre de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : LP01-P-2007-004392
ASUNTO : LP01-P-2007-004392

Auto acordando librar Boleta de Libertad

Por cuanto en la presente causa, en el día de ayer, jueves dieciocho (18) de diciembre de 2008, este Tribunal acordó cambiar la caución personal por una caución juratoria para lo cual se acordó librar Boleta de Traslado para que el procesado Jervi De Jesús Dugarte suscribiera acta comprometiéndose a cumplir con las condiciones impuestas, sin que se haya producido dicho traslado, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda librar Boleta de Libertad; instruyendo a la Dirección del Centro Penitenciario a notificar al mencionado ciudadano que debe presentarse por ante este Tribunal el día 09 de enero de 2009, a los fines de que suscriba el acta compromiso correspondiente. A tal efecto, el Tribunal habilita el tiempo necesario, en virtud de estar a partir del día de hoy, en receso navideño.

La Juez de Juicio N° 05

Abg. AURA AVENDAÑO DE FERNÁNDEZ
La Secretaria

Abg. YENY VILLAMIZAR
Se libró Boleta de Libertad N° _______________________________________

La Secretaria.