JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 23 de Enero de 2008
Años: 197° y 148°
De la revisión del cómputo que antecede, se desprende que el día 10/12/2007 correspondía llevarse a efecto el Segundo Acto Conciliatorio, y como quiera que no comparecieron ninguna de las partes a dicho acto, razón por la cual éste Tribunal decreta la extinción del proceso, de conformidad con el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público de la presente decisión. Líbrese boleta. Expediente Nro. 6289.-
La Jueza,
Abg. Maria de Lourdes Camacaro de Aular
La Secretaria,
Abg. Karelia Marilú López Rivero
Seguidamente se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. Karelia Marilú López Rivero