Exp 1217/07
JUZGADO DEL MUNICIPIO PEÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Yaritagua, 23 de Enero de 2008.
Año 197º y 148º.
Por cuanto en la presente causa en la cual la ciudadana: EDDY CHIQUINQUIRA NARVAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: 4.721.580, asistida por la Abogada: YOLIMAR VANEGAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº: 90.228, consigno pago del canon de arrendamiento de una casa ubicada en la calle 09 entre carreras 12 y 13 de la ciudad de Yaritagua Municipio Peña del Estado Yaracuy, cuyo canon es de NOVENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 90.000,00) mensuales, consignación que fue notificada al ciudadano: RAFAEL JOSE ESCALONA, titular de la cedula de identidad Nº: 4.731.657, quien se presento por ante este Juzgado y solicito le fueran entregadas las cantidades de dinero que fueron depositados a su nombre, el Tribunal procedió en consecuencia y ordeno la entrega de dichas cantidades de dinero, con lo cual la causa produjo el resultado perseguido por la solicitante, quedando la causa terminada. Este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: Terminada la presente causa y ordena el archivo del presente expediente. Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Peña de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. Yaritagua a los Veintitrés (23) días del mes de Enero del año 2008. Año 197º y 148º.
El Juez

Abg. Octavio Méndez. La Secretaria


Abg. Cándida Lucena Perdigón