REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Felipe
San Felipe, 8 de Enero de 2008
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : UP01-P-2007-004296
ASUNTO : UP01-P-2007-004296
Vista la solicitud de la Abg. Nadexa Camacaro, en su condición de Fiscal Décima ( E ) del Ministerio Público con Competencia en Drogas, Salvaguarda, Bancos, Seguros y Mercado de Capitales, mediante el cual solicita autorización para destrucción de la Sustancia Resto Vegetales y sus envoltorios incautados al ciudadano JOEL ANTONIO ROJAS; relacionado con la causa N° UP01-P-2005-001020, este Tribunal para decidir observa:
Al respecto, el artículo 119 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas establece: “El juez de control autorizará a solicitud del Ministerio Público la destrucción de las sustancias incautadas, previa identificación por expertos que designe al efecto quienes constatarán su correspondencia con la sustancia incautada…”.
En razón de que este Tribunal es competente para pronunciarse sobre la solicitud para destrucción de la Sustancias, Restos Vegetales y sus envoltorios; y dado el daño orgánico, físico y psíquico que dicha sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas producen en los seres humanos así como a la Sociedad, y dado que la Experticia Botánica indica que dichas sustancias ilícitas no tiene fines terapéuticos; este Tribunal de Control Autoriza al Ministerio Publico a la destrucción de la sustancia estupefaciente y psicotrópica a la que se le practicó la experticia química N° 9700-127-2250, debiendo participar de la incineración a este Tribunal. Notifíquese. Cúmplase.
Abg. Jenny Andaluz Affigne
La Jueza de Control N° 3
Abg. Olga Gallo
Secretaria
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