REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
197º Y 148º


ACTA DE MEDIACIÓN Y CONCILIACIÓN

N° DE ASUNTO: UP11-L-2007-000123
PARTE DEMANDANTE: ELIZAIDA M. CAMPOS, MARIA P. ACUÑA R., ROGEL F. NAVAS A., ADRIAN J. FERNANDEZ F., HEBER S. ALFINGER A., MARTIN A. TORRES D., LESBIA C. PEREZ C., JOSE D. CARO L., EDGAR E. RAMOS A., LUIS M. DOMINGUEZ S., ARGIMIRO J. VELIZ B., FRANCISCO A. NAVARRO M. Y JOSE M. LEON
REPRESENTADOS POR: ABG. GILBERTO CORONA
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO YARACUY, (INVITY)
REPRESENTADA: Abg. YELITZA GARCIA SANCHEZ.
POR LA PROCURADURÍA DEL ESTADO YARACUY: Abg. LUIS REINOSO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En la ciudad de San Felipe, Estado Yaracuy, a los Ocho (08) día del mes de Enero de 2008, siendo las 11:00 A.M de la mañana, oportunidad fijada para la celebración de la Audiencia Preliminar Prolongada y realización del Proceso de Mediación y Conciliación por ante este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, con motivo de la Demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por la ciudadana: ELIZAIDA M. CAMPOS, MARIA P. ACUÑA R., ROGEL F. NAVAS A., ADRIAN J. FERNANDEZ F., HEBER S. ALFINGER A., MARTIN A. TORRES D., LESBIA C. PEREZ C., JOSE D. CARO L., EDGAR E. RAMOS A., LUIS M. DOMINGUEZ S., ARGIMIRO J. VELIZ B., FRANCISCO A. NAVARRO M. Y JOSE M. LEON, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 10.855.327, 14.515.041, 15.257.715, 14.442.123, 14.918.403, 14.209.585, 10.737.977, 12.281.719, 12.101.185, 15.994.148, 6.906.114, 11.274.986 Y 10.861.485 respectivamente, representada en este acto por el abogado en ejercicio: GILBERTO CORONA, venezolano mayor de edad inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el numero 65.407, según poder que riela en el expediente CONTRA: EL INSTITUTO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO YARACUY (INVITY), representada en este acto por la Abogado en ejercicio: YELITZA CARCIA SANCHEZ , venezolana, mayor de edad, inscrita en el INPREABOGADO bajo los Nro. 86.864, el tribunal deja constancia que se encuentra presente el representante de la Procuraduría General del Estado Yaracuy abogado: LUIS REINOSO, inscrito en el I P S A, bajo el numero: 119.669, el cual, al serle requerido, presenta original y copia del Instrumento Poder en donde costa su representación, a los fines de que previa constatación y certificación de las copias por el Secretario, las mismas sean agregadas a los autos, y una vez establecidas las reglas mínimas a seguir para el desarrollo de la AUDIENCIA PRELIMINAR presidida por el Abogado CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ, Juez Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, quién expone brevemente la finalidad de este Acto Procesal y propone las reglas mínimas que regirán el debate, las cuales son aceptadas por las partes. En este estado el ciudadano Juez declaró abierta la sesión y explicó a las partes la importancia el uso de los medios alternativos de resolución de conflictos, a los fines de alcanzar resultados satisfactorios para los contendientes y lograr un ahorro de energía y recursos mediante la evitación de un proceso prolongado, por cuanto se desprende del debate la imposibilidad de la conciliación y en consecuencia; se deja constancia que el juez que preside este acto trató de mediar y conciliar las posiciones de las partes y estas comparecieron a la prolongación de la Audiencia Preliminar sin lograrse la conciliación, de conformidad con lo previsto en el artículo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en consecuencia se da por concluida la Audiencia Preliminar y se incorporan en este mismo acto al expediente las pruebas promovidas por las partes; Se deja constancia que la parte demandante consiga escrito de promoción de pruebas en cinco (05) folios y seiscientos nueve (609) anexos y la parte demandada consigna escrito de pruebas en quince (15) folios con veintinueve (29 )anexos, Se da por concluida la Audiencia Preliminar conforme a lo dispuesto en el artículo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. REMITASE a los Tribunales de Juicio de Primera Instancia de esta Circunscripción Judicial la presente causa, a los fines de que la Jueza o Juez de Juicio provea lo que considere pertinente. Así se DECIDE. Publíquese y regístrese la presente sentencia. Se hacen Dos (02) ejemplares de un mismo tenor y efecto, en San Felipe, al Ocho (8) días del mes de ENERO de 2008, siendo las 11:30 AM. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN,


Abg. CARLOS FELIPE RUIZ RUIZ

La parte demandante: La parte demandada

Abg: GILBERTO CORONA . EL INSTITUTO DE VIALIDAD Y
TRANSPORTE DEL ESTADO
YARACUY (INVITY)

Representada por:


Abg. YELITZA GARCIA SANCHEZ.


Por la Procuraduría General del estado Yaracuy:


Abg. LUIS REINOSO


El Secretario,


Abg. RUBEN ARRIETA A