REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal Segundo de Ejecución de Ciudad Bolívar
Ciudad Bolívar, 25 de Enero de 2008
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : FP01-P-2006-002945
ASUNTO : FP01-P-2006-002945


AUTO DE ARCHIVO DEFINITIVO
(Sentencia Nº 132 de fecha 20-03-2002, de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia)
(Resoluciones que dictan los Jueces de Ejecución en relación con la materia de su competencia)

Revisada la presente causa, se observa de la sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, en fecha: 19-12-2007, en la causa que se le seguía al ciudadano: MANUEL ANGEL NUÑEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° 9.108.853, mediante la cual se declara EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de Conformidad en el ordinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 48 numero 7° y e artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, por encontrarse evidentemente prescrita la acción penal. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Ejecución de Sentencia del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, por cuanto se decreto Sentencia Absolutoria de conformidad con los Artículos 365 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes y en su oportunidad legal remítase la presente causa al Archivo Judicial. Cúmplase.

ABOG. RAMÓN ANTONIO VALLES

JUEZ SEGUNDO DE EJECUCION
LA SECRETARIA DE SALA,

ABOG. ELÍSTHER GONZÁLEZ
RAV/Giselle